Pensión alimenticia

Gracias de antemano por la ayuda que ofrecéis. Me separé hace 12 meses, pero aun no tenemos convenio regulador por lo que mi expareja en la actualidad no pasa pensión alimenticia al hijo de 9 años que tenemos en común. Como él no me pasa nada, yo no le permito ver a la niña. Próximamente se vera la demanda que interpuso mi abogado. Una vez fije el juez la pensión alimenticia, ¿Tengo qué reclamar lo adeudado? O por el contrario en ese mismo acto el juez lo condenará a pagar todo lo atrasado. Gracias
Respuesta
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Si no hay una resolución judicial de ningún tipo que fije la obligación de la pensión de alimentos, Vd. no va a poder reclamarla judicialmente, y el juez no va a entrar a una condena del pago. Si durante ese tiempo el no ha levantado las cargas que le corresponden del matrimonio, entre las que se encuentran los alimentos a los hijos, deberá Vd. reclamarla en la liquidación de la sociedad conyugal, como una deuda de él hacia esa sociedad matrimonial.

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