Pensión no contributiva de jubilación
Mi madre recibe desde febrero de 2009 una pensión no contributiva de jubilación.
Cuando se solicitó dicha prestación convivían en el domicilio: mi padre con una pensión de jubilación (de autónomo), mi madre sin ningún ingreso y mi hermana con ingresos.
Tomando los ingresos de mi padre y la declaración de la renta de mi hermana de 2008, no sobrepasaban el umbral correspondiente a unidad familiar con 3 miembros y por tanto le fue concedida la pensión.
Ahora ha recibido los papeles para renovar la prestación y le preguntan si ha cambiado la situación.
Mi hermana se casó en julio de 2009 aunque sigue empadronada en la casa de mis padres. Si solicitaran la renta de 2009 de mi hermana y los ingresos de mi padre, aún tendría derecho a la pensión, pero en estos momentos ya se entiende que la unidad familiar es sólo de dos personas ¿no?, al haberse casado mi hermana.
Y si se considera la unidad familiar formada por mi padre y mi madre, no tendría derecho porque sobrepasa el límite establecido para 2 miembros.
¿Pierde entonces la pensión?
Y en caso de perderla, ¿pueden reclamar la devolución desde julio porque fue entonces cuando cambió la situación familiar?
Le agradecería su contestación porque no sabemos como responder a la carta de renovación.
Cuando se solicitó dicha prestación convivían en el domicilio: mi padre con una pensión de jubilación (de autónomo), mi madre sin ningún ingreso y mi hermana con ingresos.
Tomando los ingresos de mi padre y la declaración de la renta de mi hermana de 2008, no sobrepasaban el umbral correspondiente a unidad familiar con 3 miembros y por tanto le fue concedida la pensión.
Ahora ha recibido los papeles para renovar la prestación y le preguntan si ha cambiado la situación.
Mi hermana se casó en julio de 2009 aunque sigue empadronada en la casa de mis padres. Si solicitaran la renta de 2009 de mi hermana y los ingresos de mi padre, aún tendría derecho a la pensión, pero en estos momentos ya se entiende que la unidad familiar es sólo de dos personas ¿no?, al haberse casado mi hermana.
Y si se considera la unidad familiar formada por mi padre y mi madre, no tendría derecho porque sobrepasa el límite establecido para 2 miembros.
¿Pierde entonces la pensión?
Y en caso de perderla, ¿pueden reclamar la devolución desde julio porque fue entonces cuando cambió la situación familiar?
Le agradecería su contestación porque no sabemos como responder a la carta de renovación.
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