Denuncias entre cónyuges
Me estoy preparando una oposición y siemore me surge la misma duda a ver si me lapuedes aclara.
Según el artículo 102 de la L.Crim. Los cónyuges sólo pueden ejercitar acciones penales entre sí por delitos cometidos los unos contra la persona de los otros y bienes.
Pero en el 261 L.Crim. Dice que el cónyuge del delincuente no ésta obligado pero puede.
¿La cuestión es yo entiendo que puede pero sólo los cometidos contra su persona o bienes no?.
Y si algún cónyuge se dirige a una comisaría estarían obligados a recogerle la denuncia si se tratare de uno no cometido contra su persona o bienes EJS: Delito de lesiones cometido por du marido a otro ciudadano.
Según el artículo 102 de la L.Crim. Los cónyuges sólo pueden ejercitar acciones penales entre sí por delitos cometidos los unos contra la persona de los otros y bienes.
Pero en el 261 L.Crim. Dice que el cónyuge del delincuente no ésta obligado pero puede.
¿La cuestión es yo entiendo que puede pero sólo los cometidos contra su persona o bienes no?.
Y si algún cónyuge se dirige a una comisaría estarían obligados a recogerle la denuncia si se tratare de uno no cometido contra su persona o bienes EJS: Delito de lesiones cometido por du marido a otro ciudadano.
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