Revocac. Poder en España

En España. ¿Es absolutamente indispensable y obligatorio notificar al apoderado la revocación poder de representación? En caso positivo ¿Cuál es el procedimiento a seguir? ¿Podría ser una revocación parcial, por ejemplo, que afecte solo una propiedad especifica, manteniendo la vigencia para otras propiedades u otros efectos?

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No es imprescindible, pero es conveniente para que el apoderado no siga haciendo uso del mismo. El poder se puede revocar completamente o en parte.
Estimada Sra. Experta:
Cuando Ud. me dice que es recomendable notificar revocación de poder al apoderado para que no siga haciendo uso del mismo ¿Significa qué al registrar revocación en notaria no es impedimento para que el apoderado continué en sus atribuciones de apoderado?. ¿No tienen las notarias registro de poderes revocados? Pues en mi caso el apoderado es un familiar muy allegado y no me gustaría afectarle con la notificación de la revocación. Ademas podría afectarme a mi también con alguna represalia de su parte. Gracias.
Evidentemente, cuando intentara hacer valer ese poder, le avisarían de que ya no está vigente, pero siempre es mejor enterarse por quién lo revoca que no cuando se está haciendo cualquier trámite en una Notaría. Por eso le digo que no es necesario, pero es conveniente, para ahorrarse ese posible mal trago.

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