Empresa colaboradora con Seguridad Social

En Febrero del 2009 tuve un accidente no laboral y me dieron la baja por incapacidad temporal.
En Septiembre del 2009, mi empresa me despidió aún estando de baja.
Me comunicaron en la Seguridad Social de mi zona, que mi empresa es una Entidad Colaboradora con la SS con lo que mi empresa me pagaría el subsidio por baja correspondiente y yo debía presentar a la empresa los partes de cobro.
En Febrero del 2010, el Centro de Asistencia Primaria deja de darme partes de cobro por haber llegado al año. A partir de ese mes he dejado de percibir mi subsidio por parte de la empresa ya que esta alega que sin partes de cobro o sin una sentencia del Tribunal Médico no se hacen cargo y que esto corresponde a la Seguridad Social.
Hablando nuevamente con la Seguridad Social de mi zona, me dicen que la empresa, al ser Colaboradora debe hacerse cargo de mis pagos independientemente de que ya no me den partes de cobro por haber llegado al año, que si no lo hacen están incumpliendo el convenio firmado, y que no me visitarán en el Tribunal Médico hasta los 18 meses de la baja, con lo que la empresa debe hacerse cargo hasta ese mes y luego pasaré a la SS. Además, la SS me comunicó que no tenían ningún dato mio para poder gestionar la visita al Tribunal y que la empresa debería enviarles un expediente o informe para poder realizar las gestiones.
Le comunico este hecho a la empresa y me sigue diciendo que no me pagan por los mismos motivos expuestos anteriormente, que se debe hacer cargo la Seguridad Social. Y que ellos no deben enviar nada a la SS, que es la SS la que debe informarles de mi estado y de la sentencia del Tribunal.
Entre unos y otros, llevo desde Enero que no percibo subsidio, debo dos pagos de hipoteca y dos de prestámo, el mes que viene como no cobre me cortarán agua, luz, gas, ... Ya que este mes no puedo pagarlos por tener la cuenta al descubierto. Estoy embarazada de 6 meses, en cualquier momento me puedo poner de parto y aún no he podido comprarle nada a mi bebé porque no tengo ni para comer, ¿hago la compra de la comida con el poco dinero que me puede dar mi madre de su pensión... Que hago? ¿De qué vivo?
Estoy pagando yo por errores de los que no tengo culpa.
Por favor, quiero saber que ocurre, porque nadie se hace cargo de mi caso, que puedo hacer para que se solucione este hecho en breve, que es lo que dice la ley, necesito cobrar, es una situación desesperada, no puedo seguir así...

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Lo que debe hacer es presentar una reclamación previa ante ambos (la empresa y el inss) exigiendo el pago de esa prestación económica
Esto no le va a solucionar el problema de inmediato, pero es la única vía que existe para poder reclamar, si en el plazo de 45 días (sin contar sábados, domingos ni festivos) no le contestan debe presentar demanda ante el juzgado de lo social
Todo esto debió tramitarlo en el mismo momento de que dejó de percibir la prestación, ya llevaría estos plazos tamitados y podría tener acceso al juzgado
Lamentablemente la ley siempre va por detrás de las necesidades de la gente, y más en temas de seguridad social, donde hay necesidades urgentes de obtener las prestaciones y la ley demora esto con plazos y trámites

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