Reclamación de cuotas comunitarias

Tengo una serie de cuestiones referente a mi comunidad de vecinos. Le pongo en antecedentes:
En mi comunidad hay una vivienda que, desde hace varios años, está deshabitada, ya que su propietario falleció y hubo una disputa entre sus familiares para ver quién heredaba el piso, disputa que ha durado hasta ahora. Durante todo ese tiempo que la vivienda ha estado desocupada, no han pagado ni una sola cuota de comunidad, ni ordinaria ni extraordinaria. Además, cuando los vecinos les preguntábamos por el tema, nos decían que el piso no tenía dueño, y que por eso nadie pagaba nada. Desde mi punto de vista, opino que el piso ha tenido dueño en todo momento pero que, o ellos mismos no se aclaraban, o les decían a todos que no tenía dueño para evadirse de sus obligaciones.
Parece ser que ahora todo está aclarado, y el propietario actual del piso quiere ponerlo a la venta. Evidentemente, los vecinos le hemos dicho que antes de vender el piso tiene que ponerse al corriente de las cuotas, ante lo cual nos comenta que anda muy mal de dinero y que sólo quiere pagar la deuda desde julio del pasado año hasta ahora.
Hace un tiempo, en una reunión de vecinos, todos acordamos denunciar al propietario del piso, pero ahora hay algunos vecinos que se echan atrás argumentando la mala situación económica por la que está pasando el actual propietario.
Mis cuestiones son las siguientes:
- ¿Podemos reclamar al propietario el total de la deuda, que no supera los 30.000?, ¿Y cuya iniciación se remonta a hace más de 15 años?
- ¿Pueden algunos vecinos negarse a denunciar al actual propietario, a pesar de que en el libro de actas figure la unanimidad de todos a tal respecto?
- ¿Puedo reclamar la parte de dicha deuda que me corresponde en caso de que la anterior respuesta sea afirmativa?
- Y, por último, ¿puedo negarme a pagar las cuotas de la comunidad como queja por mi parte a la actuación de dichos vecinos?
Espero su respuesta. Gracias por adelantado.
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Hay un plazo de prescripción de 15 años para reclamar las cuotas comunitarias, así que las cuotas que tengan esa antigüedad no se pueden reclamar. Le corresponde reclamar esas cuotas al Presidente de la comunidad, no a los vecinos, ya que es el representante legal de la misma. No puede negarse a pagar las cuotas bajo ningún concepto, si no las paga, la comunidad puede reclamárselas.
Discúlpeme por volver a preguntarle, pero parece ser que aún no se ha cumplido el plazo de 15 años para la reclamación de dichas cuotas. Yo pensaba que sí, pero la Presidenta me ha indicado que aún faltan unos meses, con lo cual, según su respuesta, entiendo que se podría reclamar la totalidad de las mismas.
Lo que no me ha quedado claro es el tema del libro de actas, es decir, si en una de las actas todos los vecinos acordaron denunciar al propietario del inmueble, y así consta por escrito, y ahora algunos deciden echarse atrás y no denunciarlo, ¿es eso posible? ¿Se puede realizar una nueva acta contradiciendo lo dicho en el acta anterior? En caso afirmativo, ¿qué requisitos debería tener esta nueva acta?
De nuevo, muchísimas gracias por adelantado.
No tiene importancia que esos vecinos se echen atrás. Si se acordó en junta reclamar las cuotas a ese propietario el presidente de la comunidad debe presentar la correspondiente demanda.

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