Suspensión por riesgo laboral. Protección del embarazo

Buenas tardes y ante todo por aclararnos a tanta gente esas dudas que nos surgen.
El caso es que mi mujer está embarazada de unas 23/24 semanas, y hasta esta semana estaba trabajando por una ETT en una empresa conservera. Los contratos eran por obra o servicio, por lo que tenia contratos de 2dias, 5 días, 11 días, 3 días, ... Este lunes la llamaron de nuevo a trabajar, y el martes se encontraba cansada y mareada y se fue al medico. Luego a la empresa (ETT) para decirles que se quería acoger a la "baja" por riesgo laboral, y estos accecdieron. La cuestión es que hoy nos dieron los papeles para llevar a la mutua, pero cual fue nuestra sorpresa, cuando nos dice la de la mutua que una vez se finalice el contrato, se acaba la prestación, que luego o bien para el paro o una baja por IT, cuando en un principio la de la empresa nos había dicho, que con esta prestación ya estaría hasta el momento de coger la maternidad.
Me podrías aclarar si esto es como nos dice la de la Mutua, ¿o realmente es la de la empresa la que tenia razón?.
Muchas Gracias.

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Por desgracia tiene razón la Mutua, ya que al estar contratada tu mujer con un contrato temporal, en este caso por obra y servicio, este contrato tiene fecha de finalización y una vez se termine, tu mujer pasará a cobrar su baja por la Seguridad Social.
La verdad es que me lo temía, y es injusto, que cuanto más estabilidad laboral, más derechos se tienen (aunque se diga que todos tenemos derechos, pero no por igual), pero bueno esto es España.
Muchas gracias por tu respuesta.

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