Cómo recurrir a multa + grúa en zona minusválidos

El día 14/07/10  a hs 17:41 (Málaga) he aparcado el coche en zona minusválidos pero la señalización y es muy mala solo hay un disco vertical no se sabe si es a la derecha o la izquierda la zona para minusválidos y tengo entendido que tiene que haber 2 discos verticales indicando principio y final y solo hay uno o en el suelo señalandoló pero no se ve ninguna señalización, he sacado fotografías para ver si se pued recurrir, ¿para sacar del deposito municipal me cobraron 74,87? Y no se si me multaron, en el parabrisas no encontré ningún papel verde ¿cómo puedo saber si me multaron o no? ¿Puede qué me devuelvn el dinero que pague por la grúa? ¿Cuál es la mejor forma de hacer un recurso?
Respuesta
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De momento no tienes notificación de la multa, hasta que no te llegue a tu domicilio no es recomendable presentar recurso alguno, por si pudiera prescribir, los plazos de prescripción son 3 meses en caso de infracciones leves, de 6 meses en el de graves y de un año en el de las muy graves. Estos plazos se cuentan a partir de la fecha en la que se comete la infracción hasta la notificación del procedimiento
Una vez prescrita la infracción puedes intentar recuperar ese dinero a través de un recurso presentado al ayuntamiento (entiendo en este caso que el plazo de prescripción serían 4 años) alegando ilegalidad en la retirada del vehículo por falta de concreción en la señalización
Si en plazo te notifican la multa deberás entonces presentar alegaciones y posterior recurso si te las desestiman alegando esa defectuosa señalización y aportando las fotografías
Entiendo que esta infracción es leve, ¿es así? Si me multan de cuanto sera el monto de la multa leve, grave o muy grave, podrías orientarme por favor y gracias por tus respuestas.
En la nueva ley de tráfico estacionar en zona de minusválidos es grave y conlleva una multa de 200 euros
Hola tu dices que si es grave la infracción son 6 meses que tengo para recurrir pero en el papel que me dieron el deposito municipal donde consta lo que he abonado de la grúa dice lo contrario .En el doc dice siguiente: En este momento ha pagado la tasa regulada por la ordenanzafiscalde malagapor la retirada de la vía publica de su vehículo y posterior traslado al deposito municipal, se le enviara factura correspondiente.Lo que le notifico para su conocimiento y efectos, comunicándole que podrá interponer recurso de repocision ante Excmo Sr alcalde en el plazo de UN MES contado desde el diasiguiente a aquelen que tenga lugar la presente notificación o bien recurso contenciosos de la presente notificación, conforme a lo dispuesto en el art 86... De igual forma le cominico que contra el acto o acuerdo que resuelva el correspondiente recurso de reposición podrá interponer recurso contencioso administrativo ante el juzgadode lo contencioso -administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a aquel en que se notifique la resolucionexpresa del recurso de reposición.
Podrías explicármelo (perdona mi ignorancia) Mil Gracias
Es que se trata de dos cosas distintas, en ese papel que comentas lo que recoge es la posibilidad de recurrir en reposición contra la imposición de la tasa regulada por la ordenanza fiscal de malagapor la retirada de la vía publica de su vehículo y posterior traslado al deposito municipal, el plazo para interponer el recurso de reposición siempre es de un mes.
Otra cosa distinta es la multa que le van a poner por aparacar en zona de minusválidos, y que todavía no le han notificado, esta infracción tiene el plazo de prescripción de 6 meses si es grave, y contra ella primero podrá recurrir en alzada y luego potestativamente en reposición para el que tendrá también el plazo de un mes
No son 6 meses los que tendrás para recurrir, sino que la Administración debe notificarte el inicio del procedimiento en el plazo de 6 meses desde la comisión de la infracción, luego para recurrir tendrás el plazo de un mes

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