Multa estacionar zona peatonal
Y muchas gracias de antemano a quien pueda ayudarme o aconsejarme.
Con fecha 15/06/10 recibí en mi domicilio vía correo ordinario una notificación de denuncia.
El hecho denunciado era: "Estacionar en zona peatonal" y el precepto infringido el 94.2.7 del Reglamento General de Circulación.
Se me concedía un plazo de 15 días para presentar alegaciones y así lo hice a través de un escrito muy somero en el que alegue que no consideraba la calificación de la infracción correcta puesto que yo no había estacionado el vehículo sino efectuado una parada destinada a descargar unos bultos pesados en mi domicilio sito en la calle peatonal de referencia (junto con el escrito adjunte el IBI del presente ejercicio para justificar que efectivamente vivo en dicha calle peatonal).
Ayer, nuevamente por correo ordinario, he recibido una notificación de resolución sancionadora desestimando las alegaciones formuladas, en ella se me indica que vistas las alegaciones se ha resuelto sancionarme con la multa que se indica por considerarse probado el hecho denunciado declarándome responsable de la infracción.
No entiendo nada, quiere ello decir que por vivir en una calle peatonal y no disponer de cochera cada vez que haga una compra grande, ¿compre algún objeto pesado o quiera acercar a mi casa a alguien con movilidad reducida no podré parar delante de mi portal? ¿Deberé entonces aparcar el coche donde pueda y cargar con el peso hasta casa o hacer miles de viajes? ¿De verdad no puedo parar puntualmente delante de mi casa por ser esta una calle peatonal?
Las posibilidades ahora son presentar un recurso de reposición (ante el mismo Órgano que presente el primero, plazo de un mes) o recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo contencioso administrativo.
Tenia pensado hacer un nuevo escrito destinado al Ayuntamiento de Valladolid pero no se como enfocarlo, ni si realmente me asiste el Derecho. He leído todas las normas a las que se refieren en las notificaciones ( Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, Reglamento General de Circulación; Reglamento Municipal de Trafico y Ordenanza Municipal reguladora de los aparcamientos limitados) pero no encuentro nada en mi favor, aunque tampoco claramente en mi contra.
Con fecha 15/06/10 recibí en mi domicilio vía correo ordinario una notificación de denuncia.
El hecho denunciado era: "Estacionar en zona peatonal" y el precepto infringido el 94.2.7 del Reglamento General de Circulación.
Se me concedía un plazo de 15 días para presentar alegaciones y así lo hice a través de un escrito muy somero en el que alegue que no consideraba la calificación de la infracción correcta puesto que yo no había estacionado el vehículo sino efectuado una parada destinada a descargar unos bultos pesados en mi domicilio sito en la calle peatonal de referencia (junto con el escrito adjunte el IBI del presente ejercicio para justificar que efectivamente vivo en dicha calle peatonal).
Ayer, nuevamente por correo ordinario, he recibido una notificación de resolución sancionadora desestimando las alegaciones formuladas, en ella se me indica que vistas las alegaciones se ha resuelto sancionarme con la multa que se indica por considerarse probado el hecho denunciado declarándome responsable de la infracción.
No entiendo nada, quiere ello decir que por vivir en una calle peatonal y no disponer de cochera cada vez que haga una compra grande, ¿compre algún objeto pesado o quiera acercar a mi casa a alguien con movilidad reducida no podré parar delante de mi portal? ¿Deberé entonces aparcar el coche donde pueda y cargar con el peso hasta casa o hacer miles de viajes? ¿De verdad no puedo parar puntualmente delante de mi casa por ser esta una calle peatonal?
Las posibilidades ahora son presentar un recurso de reposición (ante el mismo Órgano que presente el primero, plazo de un mes) o recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo contencioso administrativo.
Tenia pensado hacer un nuevo escrito destinado al Ayuntamiento de Valladolid pero no se como enfocarlo, ni si realmente me asiste el Derecho. He leído todas las normas a las que se refieren en las notificaciones ( Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, Reglamento General de Circulación; Reglamento Municipal de Trafico y Ordenanza Municipal reguladora de los aparcamientos limitados) pero no encuentro nada en mi favor, aunque tampoco claramente en mi contra.
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Respuesta de misirica
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