Cerramiento de parcela con ventanas a su interior

He de realizar el cerramiento de una propiedad a la cual en uno de los laterales existen dos ventanas de un vecino, ¿puedo cerrar la parcela?
Para situarnos seria una parcela con vecinos a derecha e izquierda, siendo la linde de propiedad con ellos la propia construcción. En un lateral no existen ventanas y en el otro el propietario tiene dos ventanas. Supongo que tendrán derecho de luces, pero yo podré cerrar la parcela. ¿Dónde puedo encontrar legislación relativa a esto?

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Debe consultar primero en su Ayuntamiento, para comprobar si en el mismo hay alguna regulación al respecto, y si no debería estar a lo contenido en el Código Civil al respecto.
En el Ayuntamiento no hay ninguna regulación respecto a esto, ademas que a otras construcciones del entorno les ocurre lo mismo y si han podido realizar los cerramientos.
¿Podrías decirme en que articulo del Código Civil puedo ver esta información? Y ¿Dónde puedo consultarlo?
Gracias
Servidumbre de luces y vistas, artículos 580 a 584 del Código Civil.
Puedes acceder a la legislación entre otras páginas, desde www.060.es

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