Ejecución de una sentencia

Haber te cuento poco soy empleado publico, contrato laboral fijo, y durante tiempo realice funciones de superior categoría que nadie me reconocía, pero un día dije por lo menos parte económica si quiero que me la reconozcan, demande administración que se negó reclamación previa, se fue juicio lo gane en juzgado social, recurrió administración TSJandalucia y ractifico lo dicho por juzgado social me dio razón que hice funciones superior categoría dunrante periodo tiempo.
Esto lo lleve un abogado de sindicato y hay que dárselo todo mascado para que el haga algo incluso le he buscado jurisprudencia todo.
La administración me pago diferencia de sueldo que había entre mi categoría y la que he realizaba, pero viendo que no se me inscribía en expediente persona dicha experiencia por haber realizado funciones de superior categoría para luego ser alegada por mi ante un concurso, según base si no esta incrita en tu expediente personal no se cuenta como experiencia para los concurso traslado promoción interna etc.
Solicito ejecución de sentencia al juzgado social y cual me da razón y obliga administración a inscribir dicho periodo en expediente personal, pero administración solo inscribe parte dicho periodo y certifica ante juzgado que se ha cumplido sentencia, y hace recurso de reposición ante mismo juzgado para declare nula la inzcripcion registral.
Pregunta como decide mismo juez que conoció demanda, si se me da razón mi y obliga administración a ejecutar sentencia.
Se puede seguir impugnando o eso agota vía judicia ya que fue sentencia del Tribunal Superior Justicia Sala social era firme.
Rogaría me aclarase algo, del resultado de esta sentencia depende un ascenso en la administración que dicho periodo sea reconocido por la administración y claro conste mi expediente personal para comisiones de valoración puedan tenerlo cuenta.
Espero haberme explicado bien y si no es así no dudes preguntarme.
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Como comentas tu caso esta en fase de ejecución de sentencia, evidentemente no cabe un replanteamiento de la cuestión al ser ya firme la sentencia, por lo que no puede entrarse a discutir en ejecución los pronunciamientos del fallo
Ello no obstante, si cabe recurso contra las resoluciones que en ejecución de la sentencia dicte el juzgado si la parte contraria entiende que lo acordado en ejecución no fue lo resuelto en sentencia
Contra todas las providencias y autos cabrá recurso de reposición ante el mismo Juez o Tribunal que dictó la resolución recurrida
Por su parte el art 189.2 de la ley de procedimiento laboral señala: Son recurribles en suplicación:
2. Los autos que decidan el recurso de reposición interpuesto contra los que en ejecución de sentencia dicten los Juzgados de lo Social y el recurso de revisión interpuesto contra los decretos del Secretario judicial siempre que la sentencia ejecutoria hubiere sido recurrible en suplicación, cuando resuelvan puntos sustanciales no controvertidos en el pleito, no decididos en la sentencia o que contradigan lo ejecutoriado.
Cabe por tanto recurso de suplicación ante el TSJ contra el auto que resuelva el recurso de reposición, pero deberá basarse en esa causa que te he señalado, hay que estar a lo dispuesto en el fallo de la sentencia para valorar si lo solicitado en ejecución está incluido en lo resuelto por el juzgado
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Siento no poder responder adecuadamente a la cuestión que plantea ya que la misma no es de mi especialidad, ya que se trata del orden jurisdiccional laboral. Busque un experto en derecho laboral.
No obstante, su abogado, aunque sea como dice, es quien mejor le puede asesorar.
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Vamos aver si te he entendido.
1.- Si no estas satisfecho con tu abogado, cambia.
2.- Si has solicitado ejecución, y no se ha hecho completamente, escrito al juzgado alegando las pruebas pertinentes para que ese lleve acabo en su totalidad.
3.-Tras el TSj, se agota, no ira al TS. Estimo te tienen que reconocer en su totalidad lo que haya marcado la sentencia del TSJAndalucia

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