Cuotas impagadas tarjeta de crédito

En este caso lo sucedido es que nos reclaman una cantidad de una tarjeta de crédito que hasta Noviembre de 2009, ¿se pagaba puntualmente con una cuota de 75?, pero tras quitar la nomina de dicha cuenta sin comunicárnoslo, ¿nos subieron la cuota a 160?, siendo en Mayo de 2010 que nos comunicaron dicha situación, y desde entonces se han hecho esos pagos, ¿pero por lo que nos han dicho al tener ese periodo desde Noviembre hasta Mayo pagando solo 75?, es como que hemos dejado de pagar cuotas, por lo que la empresa Reintegra nos reclama la cantidad pte. Desde Noviembre de 2009 más intereses hasta la fecha. ¿Siendo 2100?.
Las dudas son varias, ya que en el banco nos dicen una cantidad de deuda y la empresa Reintegra no sabe ni lo que tenemos que ingresar, por lo que queremos saber cual es el proceso a seguir, ¿en el sentido si es necesario un abogado para aportar un escrito ante el juzgado explicando que la deuda tiene que ser inferior ya que desde Noviembre se han hceho pagos o no?
Otra duda es que nos dan veinte días, pero naturales o hábiles, ¿y desde cuando? ¿Desde qué se recibe la citación o a fecha de la denuncia?

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Si le han dado plazo de 20 días para contestar a la demanda deben con urgencia acudir a un abogado que pueda preparar su defensa
Si no tienen medios para ello deberán acudir sin dilación al colegio de abogados con la demanda que han recibido y solicitar asistencia jurídica gratuita, allí le entregarán un documento para entregar al juzgado y que suspenderá el plazo para que pueda designarsele un abogado de oficio
La defensa debe articularse en función a lo que recoja el escrito de demanda
Los 20 días no incluyen sábados, domingos ni festivos y se cuenta desde el día siguiente a su recepción, no demoren su actuación

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