Embargo de casas.
Buenos días:
Mi caso es el siguiente, en su día solicité una hipoteca a una entidad bancaria por valor de 60.000 euros y como aval, se puso una vivienda de la cual éramos propietarios mi madre y yo y cuyo valor en aquel momento ascendía a 108.000 euros.
Por una serie de golpes del destino, no pude hacer frente al pago de la mencionada hipoteca y se iniciço el proceso judicial que acabaría con la subasta, que al no acudir nadie, permitió que el banco se adjudicase la vivienda por el 50% del valor "que figuraba en el momento de realización de la hipoteca", quedando un resto que, junto a gastos y demás, accendia en aquel momento a 20.000 euros aproximadamente.
El Banco continuo con su reclamación y el juzgado a petición del abogado de la entidad bancaria solicitó el embargo de otra casa valorada en su día en 45.000 euros y otra más valorada en 120.000 euros, para pagar la deuda de 20.000.
He ido al juzgado y me han dicho que debido al tiempo transcurrido, ahora ya no son 20.000, sino casi 28.000 euros, de lo cual nosotros no tenemos culpa de la lentitud de la justicia española.
Mi pregunta es: ¿Si con el embargo de la casa valorada en 45.000 euros, cubriría la deuda, como puede el juzgado embargar otra propiedad, conjuntamente con la anterior?...¿Si en un principio solamente se debían 20.000 euros, como pueden solicitarme ahora casi 8.000 euros más simplemente por la incompetencia y lentitud del propio juzgado?
Agradeciendo la respuesta se despide
José Manuel.
Mi caso es el siguiente, en su día solicité una hipoteca a una entidad bancaria por valor de 60.000 euros y como aval, se puso una vivienda de la cual éramos propietarios mi madre y yo y cuyo valor en aquel momento ascendía a 108.000 euros.
Por una serie de golpes del destino, no pude hacer frente al pago de la mencionada hipoteca y se iniciço el proceso judicial que acabaría con la subasta, que al no acudir nadie, permitió que el banco se adjudicase la vivienda por el 50% del valor "que figuraba en el momento de realización de la hipoteca", quedando un resto que, junto a gastos y demás, accendia en aquel momento a 20.000 euros aproximadamente.
El Banco continuo con su reclamación y el juzgado a petición del abogado de la entidad bancaria solicitó el embargo de otra casa valorada en su día en 45.000 euros y otra más valorada en 120.000 euros, para pagar la deuda de 20.000.
He ido al juzgado y me han dicho que debido al tiempo transcurrido, ahora ya no son 20.000, sino casi 28.000 euros, de lo cual nosotros no tenemos culpa de la lentitud de la justicia española.
Mi pregunta es: ¿Si con el embargo de la casa valorada en 45.000 euros, cubriría la deuda, como puede el juzgado embargar otra propiedad, conjuntamente con la anterior?...¿Si en un principio solamente se debían 20.000 euros, como pueden solicitarme ahora casi 8.000 euros más simplemente por la incompetencia y lentitud del propio juzgado?
Agradeciendo la respuesta se despide
José Manuel.
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Respuesta de HYN ABOGADOS