Ejecución sentencia.

De nuevo te envío mi consulta por si no lo recibiste como veo que no me has contestado bien mi problema es el siguiente:
Gane un juicio verbal hace ya 3 años o más no pagaban y reclame ejecución de sentencia, en una primera averiguación no había dinero en la cuenta bancaria y solicite una averiguación más amplia (Tesorería, Inmuebles etc.) pero ahora me comentan en el juzgado que esta empresa a cambiado de nombre. ¿Mi pregunta es si han cambiado de nombre ya no puedo cobrar mi deuda? Y otra pregunta con este tema llevo 5 años cada escrito que hago, el juzgado tarda 6 meses o más en darme una contestación, es el Juzgado de Coslada no es capital ni nada parecido ¿podría interponer una queja de ese juzgado? Si es así como y donde ya que son los responsables que por su demora esta gente cambie de negocio, se jubile, y demás.

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Debe estudiar como se ha producido ese cambio de nombre, no es lo mismo que se haya disuelto y liquidado la sociedad y que se haya constituido otra, que haya habido una fusión o absorción de sociedades
Si por esta vía no puede cobrar su dinero deberá estudiar la posibilidad de derivar la responsabilidad a los administradores sociales demostrando una mala administración
Todos estos son temas complejos por lo que deberá ser el abogado que le llevó el caso u otro en quien pueda confiar quien se encargue de realizar estas averiguaciones
Respecto a los juzgados puede presentar esa queja, pero esto es ahora mismo la tónica general en los juzgados por la sobrecarga de trabajo que llevan, es una necesidad imperante la creación de más juzgados, los que hay están asumiendo más carga de trabajo de la que les corresponde
De todas formas al formular su demanda pudo haber pedido como medida cautelar el embargo de bienes o cuentas del demandado, por lo que tampoco puede achacar al retraso de los juzgados el que ahora no pueda cobrar
Gracias por su respuesta Una aclaración este es un juicio verbal en el cual no hemos tenido abogado todo esto lo he estado yo defendiendo como he podido ya que la cantidad a reclamar son 450 euros, dicho esto aclaro que esta tintorería esta ubicada en el mismo sitio con los mismos administradores lo único que con distinto nombre, ¿entonces qué tendría que hacer ahora? ¿Cómo puedo ir contra los administradores? Gracias de nuevo. Un saludo.
¿Qué forma jurídica tiene ese negocio? ¿Sociedad limitada? ¿Sociedad civil?
El anterior nombre de la empresa si era sociedad limitada ahora esta nada más pone el nombre de Ever Clean sin más. Busque en Einforma pero con ese nombre no aparece nada. Ellos son administradores y son un matrimonio. ¿Qué diferencia habría entre civil y limitada? Gracias una vez más.
Perdón se me olvide decir que en mis escritos si pedí ejecución y embargo de cuentas o bienes para satisfacer la cantidad reclamada. Un saludo.
En la sociedad civil todos los socios responden de las deudas sociales con su patrimonio personal, en la sociedad limitada solo responden hasta el límite de su aportación a la sociedad
Siendo sociedad limitada debe estudiar la posibilidad de dirigir la reclamación contra el administrador si ha incumplido sus obligaciones
Para recabar información de las empresas debe acudir al registro mercantil de su provincia y pedir una nota simple de esas sociedades
El problema que tiene es que si ha dirigido la demanda solo contra la sociedad limitada y no también contra el administrador, para poder reclamar contra él deberá ahora iniciar un nuevo procedimiento, pues el juzgado que ha dictado sentencia y ejecución forzosa solo puede dirigirse contra el demandado, no contra otras personas a quienes no demandó
Aunque en sus escritos hiciera esa petición, esta debe realizarse formalmente pidiendo medidas cautelares y ofreciendo caución o fianza para el caso de desestimarse la demanda y con ello resarcir los posibles perjuicios, hay que justificar mínimamente el riesgo que corre de no adoptarse la medida cautelar

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