¿Juicio por una deuda de 700?

Hace tiempo por motivos de cierre de negocio, nos quedó pendiente de pagar dos pagarés a unos de nuestros proveedores.
Verbalmente quedamos en que yo en breve procedería a ir amortizando las cantidades pendientes de forma mensual, esto fue un acuerdo verbal
El tema es que después de un tiempo, ya habíamos amortizado parte del capital, nos llama una abogada, en nombre del proveedor pidiéndonos que amortizara el total pendiente, le comenté que nosotros habíamos llegado a un acuerdo con la empresa sobre este tema y que mensualmente se estaba pagando..
Ahora, hace unos días me llegó una notificación del juzgado en la que se me cita para un juicio, el demandante: la empresa provedora ( entiendo que es por el dinero pendiente)
De forma automática me pongo en contacto con el responsable de la empresa y me dice que ellos nos sabían nada que este tema lo lleva crédito y caución.. Y que ellos no pueden hacer nada, que lo intentarán pero que..
Yo ante la sospecha, procedo a comunicar por burofax el recordatorio de nuestro acuerdo verbal y nuestro compromiso de pago, adjuntando un calendario de pago.
La empresa me responde que OK, que ya está parado,, pero que tendré que pagar intereses y costas derivadas,,,¿?... Yo no entendí nada,, pero no les comenté nada,, quedé callado..
Quedan dos días para el Juicio,,, y no me llegando nada por escrito, ni burofax y nada por el estilo... Entiendo que tendré que asistir al juicio,,,
No se que debo hacer, ¿buscar los 700? Ingresarlos a la empresa e ir al juicio con los comprobantes de que ya he pagado el total. O hacerles caso y dar el tema por resuelto...
Como no me fio por que con esta gente las palabras se las lleva el viento...
Otra cosa yo nunca tuve constancia de que crédito y caución asegurara mis operaciones, nadie me informó nunca.

1 Respuesta

Respuesta
1
¿No te han notificado del juzgado para que contestes la demanda? Puedes hacer que testifique el que se comprometió por acuerdo verbal, o tratar de demostrar el acuerdo por otros medios, como documentos de pago...
Suerte
Nosotros hemos hablado con la abogada demandante, abogada que no tenía constancia de los pagos que nosotros habíamos hecho a su cliente.
No obstante le hemos hecho llegar los documentos de ingreso...
Al parecer lo que tenemos que hacer es ir a retirar la demanda en la que se nos comunicará que debemos tal cantidad de dinero y que tenemos 20 días para hacer el pago.
Le comunicamos a la abogada que nosotros tenemos un acuerdo verbal con su cliente, y este acuerdo dice que nosotros abonaríamos la deuda de forma fraccionada durante este año 2011. Pero ella dice que no tiene constancia de tal hecho.
Pero que si vamos pagando todos los meses dejarán el tema parado, pero si nosotros dejamos de pagar harán efectiva la demanda...
Que es lo mejor, pagar antes de ir a retirar la demanda, o fiarme del acuerdo verbal... y pagar mensualmente. ¿?
¿?.
Saludos.
La demanda la tiene que retirar la abogada demandante, tú no puedes. Lo mejor que puedes hacer es seguir pagando según lo acordado verbalmente. Dile a la abogada que desista de la demanda porque puedes demostrar el acuerdo.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas