Dudas sobre Abogado de Oficio

El otro día me contestó muy bien a la pregunta que planteé sobre recibir notificaciones del juzgado por email. Le estoy muy agradecido por su respuesta. Perdone mi ignorancia y el no haber concretado anteriormente mis dudas, las cuales van surgiendo poco a poco.
En su penúltimo mensaje, me decía que:
"Debe necesariamente notificarle por escrito esto y quedarse copia sellada para que tengan constancia de esa situación y que luego no puedan decir que no tenían conocimiento
Si se trata de un delito, la vista no puede celebrarse en su ausencia, ello no obstante es mejor que comunique este hecho".

Lo tengo claro pero, ¿cómo puedo presentar el escrito y quedarme con una copia sellada si el Juzgado en cuestión está a 400 km de Madrid?, ¿Bastaría qué enviara esta carta por correo certificado con acuse de recibo o necesariamente lo tengo que entregar en mano?
Por otro lado quería preguntarle otra cosa acerca de este mismo caso:
Cuando fui a declarar, por exhorto, el año pasado al Juzgado, aquí en Madrid, me asisitó un Abogado de Oficio, solicitado en ese mismo momento. Él fue quien me dijo que posiblemente me llamaran a Juicio en el Juzgado de Origen. Esta vez no me pidieron que lo solicitara de manera Oficial (esto es, aportando documentos necesarios para tal petición, como en el otro procedimiento que hice el trámite en la Comunidad de Madrid).
Supongo que este último abogado será el que lleva actualmente mi caso, o ¿tienen qué asignarme otro cada vez que vaya a declarar? En caso de que sea el mismo, cómo puedo averiguar quién fue, porque solo le vi en ese momento y se marchó sin decirme nada más... Aparte de que supongo que no podrá ejercer en el juzgado de origen, por no ser de Madrid...
En caso de que vaya a Juicio en Otra Ciudad, ¿cómo debo hacer para solicitar un abogado de oficio?
De nuevo le pido que disculpe mi ignorancia al respecto y por el lío de la pregunta.

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Antes que nada aclararle que abogado de oficio no siempre significa que sea gratis, usted puede tramitar asistencia jurídica gratuita y si se la conceden el abogado de oficio que le designen si será gratis
Pero tratándose de juicios por delito, si no comparece con un abogado, se le nombra de oficio porque no puede declarar sin abogado, pero luego se tramita en su caso la asistencia jurídica gratuita y en caso de que no tuviera derecho a ella (es algo que ignoro) el abogado designado podría pasarle la minuta
Lo mejor es ponerse en contacto con el turno de oficio del colegio de abogados y que allí le informen sobre la asistencia de ese abogado, si se está tramitando no no la asistencia jurídica gratuita, o si ese abogado asume su defensa en el proceso o solo en esa declaración (que será lo más probable)
Acto seguido y en función de lo que le informen en el colegio de abogados de su localidad deberá ponerse en contacto con el colegio de abogados de la localidad del juzgado para en su caso tramitar allí la asistencia jurídica gratuita si no la tiene reconocida ahora y que le designen allí abogado de oficio que pueda dirigirse al juzgado por usted

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