Licencia 1º ocupación

Buenas,
Nuestra duda es que hemos estado viendo unas viviendas para comprar. Actualmente la luz que tienen es luz de obra, por parte de la constructora nos dicen que ellos poseen Licencia de 1º ocupación y que más adelante se pasaría a nosotros.
No entendemos a que es esto debido porque entraríamos en la vivienda con luz de obra, y si esto nos puede suponer algún problema futuro, gastos, negativa para dárnosla etc.
En el ayuntamiento nos dicen que esta todo bien. Comunidad Autónoma de Andalucia.
Nos gustaría si nos pudiesen indicar que es lo que deberían de darnos o tener para no correr riesgos futuros.
Un saludo y muchas gracias.

2 Respuestas

Respuesta
1
Pidan en el Ayuntamiento un certificado como que se ha otorgado esa licencia de 1ª Ocupación
Respuesta
1
Les recomiendo que pasen por su ayuntamiento y que les entreguen directamente una fotocopia de la licencia de 1ª ocupación.
Si existe dicho documento ud puede tener una fotocopia ya que es un documento público, si no se la entregan pueden solicitar vista del expediente y comprobar si realmente lo tienen.
Lo ideal es cuando ud compra y escritura que se acompañe de dicha licencia, ya que a veces pasan casos desagradables, que se van tapando unos a otros, entra uno a vivir y se queda 2 ó 3 años con luz y agua de obra(y créame que conozco varios casos de amistades), por lo tato por su seguridad es menester que corroboren que existe dicho documento.
Si existiese problemas por algún motivo siempre pueden consultar con el técnico que lleva el expediente por si fuese algún problema grave y fuese complejo de resolver.
Entonces podríamos considerar "normal" que nos entregasen así la vivienda, con luz de obra, en el caso de poseer la licencia de 1º ocupación.
¿Podría demorarse mucho el paso de la luz de obra a una de nuestra cuenta?
¿Cuál es la razón por la que debe por el momento ser de obra? No sabemos si es debido a cualquier problema que tenga la constructora o las viviendas.
Muchas gracias nuevamente
Normal no lo sería. Lo normal es que se entregue la vivienda con licencia de 1ª ocupación, lo cual entraña que tiene posibilidad de conectarse legalmente a las compañías suministradoras.
Una cosa es que tenga p.e. conectada la luz de obra o el agua para probar los sanitarios o para comprobar la instalación eléctrica, la cual se desconecta para que ya se hagan las acometidas legalmente y otra que eso perdure en el tiempo.
La tardanza depende de que tengan la licencia y con ella puedan ir a la compañía. Si el Ayto no la concede no podrán hacerlo.
Es más si se queda la instalación provisional esta corre a cargo del promotor/constructor y muchas veces dejan de pagar y un particular no puede para este caso solicitar seguir con ese tipo de suministro (el cual como le dije es provisional).
Para saber si existe algún problema, sólo se lo podrán aclarar en el ayuntamiento, consultando el expediente (o que le indiquen como está el mismo).

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas