No puedo registrar mi vivienda

Espero que me pueda ayudar ante este problema, el cual me esta quitando el sueño, porque nadie me da una respuesta que me oriente para solucionarlo. La cuestión es que me compre un apartamento en un pueblo en el mes de marzo de este año, resulta que la finca no ha sido dada de alta porque según el registro falta documentación de la división horizontal de la finca y esta documentación la tiene que llevar el constructor el cual no ha llevado nada ni tiene intención de hacerlo, tampoco a registrado la finca en el catastro, y la cuestión es que hasta que el constructor no registre la finca yo tampoco puedo registrar mi apartamento, según la escritura de mi apartamento en ella el notario advierte que subsiste obligación de aportar referencia catastral y que de no presentarla en el plazo de dos meses constituirá infracción tributaria. Me han dicho en el registro que no hay limite de tiempo para que se registre una finca, ante esta situación yo no se que debería hacer porque quisiera poner mis papeles en regla, y los recibos del I.B.I ¿se irán acumulando? Porque tengo entendido que a partir del cuarto año sin abonar te pueden embargar. Ademas de todo esto la finca esta sin poner el ascensor y con humedades en los trasteros y tejados y con luz y agua de la obra. Ante todo esto tengo mis dudas de que el constructor pagara a hacienda el i.v.a que yo abone de la compra de mi vivienda, también tiene apartamentos alquilados que sin estar registrada la finca no pueden ser alquileres oficiales, y por ultimo el banco que dio el préstamo al constructor dice que mientras el constructor pague no lo demandaran y si tuvieran que hacerlo tampoco les afectaría que la finca no este registrada. POR FAVOR NECESITO SOLUCIONAR ESTO, muchas garcías y un saludo.

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La primera cuestión importante es, ¿Qué documentación necesita del constructor el Registro?
¿Tiene usted escritura de la casa?(De su apartamento).
ACerquese al Ayuntamiento y pida información urbanística de ese edificio. Lo más seguro es que la referencia catastral esté, pero a nombre del constructor.
¿Tiene licencia de primera ocupación y final de obra?
El tema de los desperfectos e Iva de la compraventa, le comento en su respuesta a estas cuestiones.
El registro me dijo que el constructor tenia que llevar un libro de no se que porque habían fallos en la horizontalidad que habían que corregir. Si que tengo escritura de la casa firmada ante notario la cual el notario mando al registro y el registro volvió a mandar a la gestoría del banco hasta que se pueda dar de alta, lo cual será cuando el constructor subsane esos fallos en la horizontalidad de la finca. Respecto a la referencia catastral no esta tampoco a nombre del constructor porque en el catastro no figura la finca sino una caseta antigua que era la que había antes de que construyeran dicha finca, y el que no este la finca en el catastro a nombre del constructor es lo que me impide dar de alta mi piso en el catastro en el cual me dijeron que la finca solo la puede dar de alta el constructor rellenando un documento 902 (creo que era). Respecto a lo de si tengo licencia de primera ocupación pues lo que tengo ademas de la escritura es un papel que dice: Licencia para la primera utilización de edificación. Y en observaciones de ese papel dice: deberá completar el expediente del inmueble presentando alta del inmueble en el centro de gestión catastral. Bueno gracias por su ayuda, espero su respuesta. Muchas gracias y un saludo.
En esta situación tiene dos caminos: 1.- Demandar al Constructor para que cumpla con sus compromisos. 2.- Realizar las modificaciones de la División Horizontal usted, pagarlas de su bolsillo y reclamárselas posteriormente.
La parte Catastral, no debe preocuparle tanto, porque si no le dan de alta a usted con su finca, tampoco le van a embargar. Le reclamarán a él la deuda. Hay de todas formas un teléfono, "la línea directa del catastro" cuyo teléfono es 902 37 36 35. Pregunte cómo puede inscribir su casa y le comentarán algo distinto de lo explicado en el Ayuntamiento.
Para el caso de la División Horizontal, la cosa es como le digo. Lo hace usted, lo paga y lo reclama o demanda previamente para que cumpla con su obligación.
El problema es que yo no puedo realizar las modificaciones de la división horizontal porque la documentación de esa división de la finca la tiene el constructor, aunque yo pagara de mi bolsillo a otro constructor necesitaría la documentación de dicha finca y yo no la tengo. Entonces la licencia para la primera utilización de edificación ¿es la licencia de primera ocupación y final de obra?. Muchas gracias.

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