Carta extrajudicial

Estimado le escribo desde argentina, quisiera saber si me puede ayudar, el caso ess el siguiente: llego una carta de intimación extrajudicial de pago por prestamos bancario del año 2005, el banco original vendió la carta de deudas a otro banco quien reclama a través de estudio de abogados el pago inmediato con amenaza de iniciar juicio ejecutivo, la deuda original es de $ argentinos 2000. Mis preguntas son
- ¿Debería prestar atención a esto? La deuda existe aunque pasaron mjuchos años.
- ¿En caso de juicio me pueden embargar todo?
-Tiene sentido un juicio por 2000 pesos.
¿Qué me recomiena ud hacer?
¿Pudo la deuda haber aumentado mucho?

2 respuestas

Respuesta
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Yo le puedo decir cómo funciona ese asunto en España.
1º. La deuda la pueden reclamar durante 15 años después de estar vencida e impagada. En Argentina, por lo que sé, también.
2º. Se puede embargar por un solo euro.
3º. Si no tiene usted propiedades mobiliarias (joyas, coches) o inmobiliarias (casas, fincas) no hay nada que deba preocuparle.
4º. Las agencias de recobro funcionan como auténticos matones y siempre están al límite de la legalidad. Cámbiese el número de teléfono y no acepte correo certificado. La deuda que le van a reclamar es del 75% (más) que la original, puede que el doble.
Respuesta

Entiendo que el hilo es antiguo, pero en estos casos SIEMPRE hay que consultar los informes por cuit del banco central... y tambien hacer consultas en otras bases de datos como Veraz, Nosis, etc... y RECORDAR QUE EN ARGENTINA EXISTE EL DERECHO AL OLVIDO la cual pasado los 5 años de la deuda se puede pedir la eliminación de cualquier deuda y de cualquier base de morosos.

Más info sobre el tema:

https://www.bcra.gob.ar/BCRAyVos/Situacion_Crediticia.asp 

https://informesporcuit.com.ar/como-saber-si-estas-en-el-veraz/ 

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