URGE! Indemnización económica

Estuve treabajando 5 años y medio en una empresa de comercio al por menor. En febrero llegaron una mañana a mi puesto de trabajo y me desidieron en ese momento, me dijeron que me cogiera 15 días de vacaciones como señal de preaviso. Me dieron una carta en la que me ofrecían 20 días por año trabajado y en la que de acertarlo renunciaba a algún tipo de denuncia por mi parte. En la misma justificaban mi despido como causas objetivas por la producción. No solo fui yo ya que todos los empleados estamos en la misma situación. Una de las que primera despidieron contrato una abogada y nos hizo ver que lo mejor es que todos debíamos entregarla el caso ya que seria más fácil y rapido para todos.
Esta abogada, en principio parecía convincente, pero lo único que nos explico es sus honorarios. Referente a la empresa empezó a tirar de los socios, familiares directos de estos y ha explicarnos todas las trampas que tenían. Hoy me ha salido la sentencia, en la que se reclama las nominas que no me pagaron y la indemnización por el despido, pero en ningún momento se reclama los gastos que me han ocasionado, y todavía me dice la abogada que haroa tengo que ir aql inem y abonar las cantidades que me han satisfecho durante este tiempo.
No solo eso los socios de la empresa se han declarado insolventes y no tienen nada para embargar. ¿Me pertenece pagar a mi las cantidades del Inem? ¿La abogada esta actuando bien? ¿Si los empresarios se han declarado insolventes, ahora como cobro? Tengo una familia que alimentar y esto demasiado agobiada.

2 respuestas

Respuesta
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La mejor indicada para asesorarle es su abogada que es quien mejor conoce su caso
Si ha cobrado salarios de tramitación de la empresa, éstos son incompatibles con la prestación de desempleo por lo que debe devolver la prestación por desempleo percibida en ese periodo coincidente con los salarios de tramitación que ha recibido, pero debe tener en cuenta que ese periodo de paro devuelto no computa como cobrado por lo que esos meses los podrá cobrar después
Si la empresa es insolvente deberán reclamar al FOGASA
Como le he dicho debe tener confianza en su abogada
En la sentencia han quedado imputados tres personas físicas, de las cuales se las requisa y salen a subasta pública 3 viviendas y un coche.
Según me ha informado la abogada que si no salen en la subasta les devuelven los requisado, pero la verdad es que yo a la abogada no la entiendo muy bien.
En principio cobrare cuando eso este vendido (si es que se vende) y tres compañeros delante de mi cobren ( son de un jucio anterior de lo mismo). Sobre lo de los salarios de tramitación teniendo en cuenta que no los cobrare hasta entonces, ¿cuándo los tengo que abonar yo al Inem?
¿Cómo les han requisado esos bienes y no hay constancia de que se hayan declarado en insolvencia, me pagaran o me pagara fogasa?
Muchísimas gracias
Vuelvo a reiterarle que su abogada es la mejor indicada para asesorarle en este asunto, con quien puede sentarse y pedirle que le aclare todas las dudas que pueda tener, yo no conozco a fondo su caso e informar de lo que usted puede haber entendido a su abogada es algo complicado, e incluso puedo inducirle a error
En cuanto al inem deberá devolverle lo cobrado cuando cobre usted los salarios de tramitación
Si no están declarados en insolvencia quienes deben pagar son ellos
Respuesta

Tal y como te recomiendan, en estos casos concretos, es mucho mejor que te asesore un abogado especializado en este tema. Durante muchos años he estado llevando casos relacionados con quiebras y suspensiones de pagos y, a pesar de ser los acreedores los primeros en ser tenidos en cuenta, el cobro de una indemnización se hace complicado.

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