Finca en régimen de proindiviso
Tengo 1/3 de una finca que esta escriturada en proindiviso a la cual la rodea un pequeño camino por el que solo pueden circular personas y no vehículos. La tenemos dividida hace ya muchos años (desde partición de herencia) y cada uno conoce lo suyo. El problema es que una de las supuestas partes da a la parte donde el camino ensancha y se puede acceder con coche, cosa que las 2/3 partes restantes no pueden. Tendría yo derecho a pasar por un posible portera de acceso a la finca que haga este señor y atravesar con el vehículo sin hacer daño por la parte de su finca para acceder a la mía (la partes teóricas que nuestros padres hicieron y respetamos ya que la realidad es que la parcela total es un proindiviso vuelvo a repetir). Podría yo incluso ser el que haga la portera para tener acceso con vehículo. Que pasa si una de las partes o partes se niegan. Tengo derecho a hacer la entrada alegando que es necesario para el buen funcionamiento de la finca en los tiempos que vivimos (cargar cosechas, entrar a labrar, meter el abono ...) o me sigo viendo obligado a tener que acceder andando.
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Respuesta de Abogados Edo
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