Consignación de deuda con comunidad

Hola. Muchas gracias, lo primero.
Mi comunidad consta de 10 pisos.El constructor, que además es el presidente de la comunidad es propietario de 6 de ellos.Han aparecido defectos en las cañerías generales de agua, que él mismo como constructor ha reconocido su culpa, y que lo va a arreglar.El tema es que él iba a alquilar dos de sus pisos para semana santa pero los futuros arrendatarios han dicho que no debido al fuerte olor que desprenden las cañerías defectuosas. Bueno, pues ha pedido una indemnización a la comunidad por la responsabilidad de ésta por ser elementos comunes las cañerías. La cantidad para indemnizarle se trató en una Junta de Propietarios y se ha aprobado con sus votos(es mayoría absoluta al ser propietario de 6 pisos).
Yo no quiero pagar. ¿La consignación ante notario me eximiría ante un proceso monitorio? ¿Es legal esta posición de mayoría de uno de los propietarios? Porque claro, como tiene mayoría, puede aprobar lo que quiera, incluso para él. ¿No debería arreglar primero las cañerías como constructor?
Muchas gracias, ya sé que es un poco raro...

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Me parece que la única solución es impugnar la Junta de la comunidad donde se tomó el acuerdo de indemnizar a uno de los copropietarios (presidente y constructor) por haberse tomado un acuerdo perjudicial para la comunidad. En fin, asesorate de un abogado que estudie a fondo el tema, y sobre todo mira los plazos, según hace cuanto tiempo se tomó el acuerdo ya ha devenido firme el acuerdo y no se podría impugnar.
CONCLUSIÓN: La acción que puedes emprender es la de impugnar el acuerdo de junta que decidió indemnizar a otro copropietario, por ser un acuerdo que va en perjuicio de la comunidad y en beneficio claro de un copropietario. Tienes dos meses de plazo desde la celebración de la Junta en la que se tomó el acuerdo.

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