Procedimiento administrativo como ampliar plazo en caso de subsanar

He iniciado un procedimiento, la comunidad de Madrid me solicita un certificado de una cancelación de hipoteca y dice que tengo según la ley 30/92 diez días, no creo que me de tiempo a cancelar la hipoteca o novarla, ¿se puede interrumpir el procedimiento si me hace falta mas tiempo, o lo entienden por desistido?.

Respuesta
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Entiendo que no le piden ni que cancele la hipoteca ni que la nove, sino unicamente una certificación de la misma y esto puede obtenerlo a través del banco. Si la hipoteca no está cancelada así se dirá en la certificación.

Buenos días, exactamente me piden certificado en el que conste que se ha cancelado o novado, si no es así no vale, por esto el problema de plazo, no me da tiempo y por tanto se entenderá por desistido el proceso. Hay alguna manera de ampliar el plazo para no perder el proceso que comencé?

muchas gracias

un saludo

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