¿Puede un banco dar información sobre si un cliente suyo cumple con sus pagos?

Me gustaría saber si un banco, al recibir una carta solicitando información comercial sobre una empresa cliente de dicho banco, puede facilitar esa información sin violar la Ley de Protección de datos.

Creo entender que dicha ley se refiere a datos personales, pero mi planteamiento surge porque no sé si es legal si solo se facilitan datos como: se suele retrasar en los pagos, llegan varias letras de cambio devueltas, etc., . Si no se especifican datos concretos sobre sus cuentas, créditos, ¿se puede considerar esto vulnerar la privacidad? ¿Se podría considerar ilegal aunque no estemos refiriéndonos a personas particulares?.

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En contestación a su pregunta decir que la información a la que Vd. alude sobre una empresa determinada no puede ser accesible "legalmente" de la forma que indica porque es una información interna de la empresa, de su funcionamiento, es como la parte "privada" de la empresa a la que solo pueden acceder sus propietarios y administradores.

No obstante, para evitar esto, existe el Registro Mercantil y la publicidad registral que el mismo proporciona, al igual, que la emisión de informes de solvencia que determinadas empresas confeccionan en base al Registro Mercantil y bases de datos de "morosos".

Por lo tanto, cualquier entidad bancaria cumple la legalidad negando esa información a una persona "ajena" a la empresa solicitada, supliendo esa negativa con la solución ofrecida.

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