Impuestos en arrendamiento

Queremos arrendar la casa de mis abuelos para pagarles la residencia y quería saber que impuesto gravan.
Tengo que cobrar iva al supuesto arrendador. Una persona que tiene una lonja alquilada me dice que si, pero yo no estoy seguro. Sera si la alquilo a una empresa, pero ¿a un inquilino normal?.
¿Qué otros impuestos me gravarían?, aparte de IRPF.

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Permítame antes que nada un pequeño apunte: el propietario que alquila el inmueble es el "arrendador" y el que va a ocuparlo, es decir el inquilino, es el "arrendatario". Son dos términos con los que suele haber alguna que otra confusión.
Bien, aclarado esto, debo indicarle que los arredamientos de vivienda y sus anexos (garajes, trasteros..) no están sujetos al IVA mientras no tengan carácter mencantil. Es decir, que si un particular que tiene una vivienda, arrienda dicha propiedad, puede olvidarse del IVA. Obviamente, lo que excluye a este impuesto de su ámbito de aplicación en los arrendamientos, es que el inmueble se destine a vivienda por lo que te debe tener bien en cuenta una cosa: si la vivienda se sus abuelos dispone de garaje y trastero y usted decide alquilarlos por separado (no a la misma persona ni en el mismo contrato que el arrendamiento de la vivienda) sí tendrá que tributar en concepto de IVA.
Asimismo, los arrendamientos de local de negocio sí están sujetos a este impuesto (quizás por eso su amigo les sugería tal cosa)
Y no encuentro ahora mismo, dejando a un lado la posible incidencia en su IRPF, ninguna otra afección al ámbito tributario en el supuesto que me plantea.
Espero haberle resultado de alguna ayuda, y quedo a su entera disposición para cualquier otro particular que tenga a bien plantearme.
Gabirol

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