Venta de una parte de una finca no segregable.

Estamos interesados en la compra de una casa unifamiliar que tiene una finca no segregable de 1900m², pero el propietarios nos ha comentado que mediante un contrato privado le ha vendido una parte de la finca 600m² a un vecino. ¿Es legal esa venta?, ¿Al no estar inscrita en el registro de la propiedad tiene validez ese contrato?, ¿Si compro la casa con la finca y el registro de la propiedad inscribe a mi nombre toda la finca, tendría alguna obligación con ese contrato?. Gracias de antemano por su respuesta.

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En contestación a su pregunta, el propietario de un inmueble puede realizar todas las ventas que estime oportunas, ahora bien, habría que estudiar si esas ventas se ajustan a la legalidad urbanística, esto es, si son segregables de la finca matriz, duda que será despejada por el Ayuntamiento correspondiente al solicitar la oportuna licencia.

Por otro lado, el contrato privado tiene validez entre las partes pero no frente a terceros.

Efectivamente, si Vd. compra la finca con los 1900 metros cuadrados y, 600 de los mismos han sidos vendidos por el antiguo propietario, tendría un problema VD. al realizar la escritura.

Nuestro despacho estaría encantado de asesorarle en este asunto y gestionar la compra de la casa si Vd. lo estimara oportuno, nuestro correo profesional es [email protected]

Sin otro particular.

Efectivamente el informe del ayuntamiento dice que la finca no es segregable, por lo visto esto es un acuerdo que han llegado ambos vecinos, pero yo voy a escriturar sobre la nota registral que marca 1920m², de hecho ellos no han registrado la división ni han hecho escritura pues no pueden hacerlo, es por esto que el propietario pretende que yo suscriba también ese contrato. Si firmo por los m² totales ¿Que medidas legales tengo a mi favor? y ¿podría tener algún problema a la hora de hacer el cerramiento total de la finca si en el registro figura a mi nombre?.

Medidas legales a su favor: no cerrar la compra en tanto en cuanto no solucione registralmente el vendedor la venta de los 600 metros.

La segunda pregunta no procede si se lleva a cabo la conducta relatada anteriormente, pero si a pesar de ello efectuara Vd. la compra, probablemente Vd., el vendedor y el comprador de los 600 metros acabarían en los tribunales a fin de deslindar el asunto.

Sin otro particular.

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A ver, la venta de los 600m2, no se ha inscrito, porque no se puede inscribir, ni mas ni menos, y la única recomendación para evitarle posibles problemas que se le puede hacer en este caso, es que no compre, hasta que su vendedor haya resuelto el anterior contrato, pues independientemente de que sea privado, lo cierto es que la venta afecta a las partes contratantes, y el comprador, puede haber tomado posesión del trozo que ha comprado, lo que le puede generar a usted problemas a la hora de tener la posesion del total del la finca.

Pero, ¿si yo compro la casa con la totalidad del terreno inscrita a mi nombre en el Registro de la Propiedad, el terreno sería mio no?, después deberían solucionar sus problemas entre ellos pues han hecho una venta ilegal ¿no?. Gracias por su rápida respuesta.

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Si según el 1473 del Código Civil, tratándose de bien inmueble, la propiedad habiendo inscripción es del que la haya inscrito. Ahora, el que la venta hecha no sea inscribible, no significa que sea ilegal, jurídicamente hablando son dos cuestiones distintas.

Un saludo, agradezco valoración respuesta, y cierre pregunta,

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