Incapacidad de un familiar con alztheimer

Tenemos a nuestro padre con alztheimer y queremos vender una vivienda familiar, hemos iniciado el trámite de la inhabilitación en la fiscalía, pero ningún hermano quiere ser tutor, para no tener problemas con hacienda, o nos afecte en alguna ayuda o subsidio en un futuro. He leído que se puede solicitar un "poder mancomunado" para que todos seamos benefactores de los bienes y responsables de su cuidados.

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Efectivamente se puede solicitar una tutoría mancomunada, pero en cualquier caso y aunque el tutor sea uno sólo, no afecta a subsidios ni ayudas, puesto que no tiene porque ser un cargo remunerado.

Sí pero si se vende esa vivienda y yo soy tutora, se supone que los beneficios de esa venta son para mí. Como puedo hacer para que no sea así. El procedimiento que tengo iniciado es para ser yo la tutora de mi padre, me dicen en la fiscalía que cuando esté ante el juez pregunte si puedo nombrar a otros hermanos también como tutores. Creo que es un proceso lento para empezar de nuevo toda la burocracia.

Muchas gracias por haberme respondido. Un saludo.

Eso no es así. Usted, como tutora, se encarga de velar por el patrimonio de su padre. Los beneficios de la venta de la casa son para su padre, y el tutor se encarga anualmente de comunicar al juzgado los ingresos y los gastos que ha tenido el tutelado y el saldo en sus cuentas.

De hecho es justo al revés, el tutor no debe lucrarse con los bienes del tutelado. Si ustedes deciden repartir el dinero de la venta entre todos los hermanos, deberán hacerlo cuando su padre fallezca, en concepto de herencia. Se supone que el dinero de la venta debe servir para que su padre tenga mejores cuidados, y esos cuidados los pagará el tutor de ese dinero.

Buenas tardes. Mi padre ha fallecido, hay una casa en venta, ademas de un piso y un solar. Tenía testamento hecho anterior a la muerte de mi madre. También falleció un hermano hace dos años. Un amigo me ha comentado que tenemos que cambiar todas las escrituras antes de vender y hacer declaración de herederos, que ya se hizo con mi hermano. Agradecería me aclarara algún paso a seguir gracias.

Efectivamente, tienen que hacer primero las declaraciones de herederos de los fallecidos que no tengan testamento, después (máximo seis meses desde el fallecimiento) deben liquidar el impuesto de sucesiones y por último, acudir a una notaría para hacer la adjudicación de herencia. Con la adjudicación es como inscriben la casa a nombre de los herederos, y ya pueden vender. La adjudicación y la venta se pueden hacer a la vez.

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