¿Qué hacer ante una denuncia falsa?

A tod@s, tengo un inquilino moroso, 5 meses sin pagarme, está demandado. El problema es que esta mañana me han llamado del juzgado para decirme que me han puesto una denuncia por coacciones y por cortarles la luz.. Los he llamado por teléfono eso es cierto pero nunca los he insultado ni acosado y de la luz no tengo ni idea tenemos el juicio el miércoles quería saber como puedo defenderme y si tengo que llevar abogado, ¿por qué se celebra tan pronto si yo llevo meses esperando que los echen de mi casa?

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No creo que sea un juicio. Infórmate bien porque creo que sólo te citan para tomarte declaración. Si es así, no es necesario que acudas con abogado, aunque si conoces alguno y quieres ir más tranquila... Pero si no te ha llegado un escrito sino que simplemente te han llamado del Juzgado, acude para conocer el expediente (los Autos). Nunca está de más.

Si simplemente es para tomarte declaración, habría de bastar que tranquilamente niegues esas coacciones y cuentes con detalle tu versión de los hechos.

En cuanto al corte de luz, sencillamente puedes decir que no, que no lo habrás hecho tú sino la compañía de la electricidad por impago (así queda claro que la morosidad del inquilino va más allá del arrendador, pues tampoco pagan los servicios que consumen).

Un saludo y ánimo.

Si la respuesta le satisface, ruego la cierre y valore lo antes posible.

Más Derecho en mi blog: http://adrianmayor.com

Ante todo gracias por su respuesta, pero ¿podría esto retrasar la demanda de desahucio que les he puesto? gracias

No hay de qué.

No debería. Para conseguirlo, el desahuciado debería personarse en el procedimiento de desahucio (con abogado y procurador) y alegar que existe prejudicialidad penal. Pero el juez debería rechazarlo y continuar igualmente, ya que nada tiene que ver el contenido del procedimiento civil (el lanzamiento de quien no paga las rentas de un alquiler) y el del penal (esclarecer si hubo o no coacciones). Los únicos casos en que el proceso penal ha suspendido el desahucio son aquellos que se interponen por estafa en la contratación (y no todos los casos).

En definitiva, la sentencia penal (si la hubiera) no impide que se continúe contra quien no ha pagado las rentas, pues este es un hecho inherente al procedimiento de desahucio por falta de pago, que nada tiene que ver con esas supuestas coacciones.

Si se trata de una estrategia del inquilino se está equivocando y mucho.

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