¿Se puede denunciar?

Muy buenos días, me gustaría hacer una consulta, ya que lo he escuchado varias veces pero prefiero opinión experta.
Poseo un coche 'tuning', carrocería ensanchada, parachoques cambiados, llantas más grandes, etc. TODO legalizado, tramité todos los papeles con un ingeniero técnico que me hizo el estudio técnico para presentarlo a I.D.I.A.D.A. De Tarragona(laboratorio de pruebas), pasó las pruebas, fui a ITV con los certificados de laboratorio, de taller y del ingeniero, no tuvieron más remedio que homologarmelo por muchas pegas que me pusieran, consta absolutamente todo en los papeles, es más, hace una semana volví a pasar ITV (llevo 2 años con el coche homologado), y el otro día 'me deje' el spoiler en un badén (se están poniendo de moda) de un palmo de altura que han puesto en la plaza de mi pueblo, tengo que pasar cada día por ahí y cada día me rasca, y se me ha roto el spoiler (parachoques), mi pregunta es si teniéndolo todo legalizado como lo llevo puedo denunciar al ayuntamiento para que me pague la reparación cada vez que se me rompa, porque se me arranco un trozo, y ya estoy harto, ya son muchas veces, yo pago mis impuestos como todos, tengo el mismo derecho a circular por las calles de mi pueblo que el que lleva un todoterreno.
Muchas gracias de antemano. -Axel A.G.-

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En mi opinión, que gustosamente someto a la consideración de otro compañero, todo funcionamiento normal o anormal que cause un daño evaluable económicamente al ciudadano, del tipo que sea, y que no tengas obligación legal de soportar, es indemnizable. Para ello, debes dirigir una reclamación al Ayuntamiento que comentas, si es la titular de la vía en la que esta situado el badén que te provoca esos daños (siempre y cuando no estés superando el limite de velocidad establecido en esa vía, ya que esto podría derivar la responsabilidad de los daños a tu forma de conducir).
Sin superar el limite de velocidad no tienes por que sufrir daños en tu vehículo, cuando según la Ley de Trafico toda vía debe estar libre de obstáculos para circular, sin que, hasta el momento, y por lo que conozco, se haya establecido ninguna reglamentación sobre las pendientes y demás características que han de tener esos badenes. Actualmente, conductores de autobuses están realizando protestas por los daños físicos que les provoca en su trabajo, y se habla de una reglamentación que regule estos obstáculos, que, como es conocido, en cada Ayuntamiento son de una madre distinta, si se me permite la expresión.
El plazo para reclamar es de 1 año desde que los daños se te han producido, debiendo justificar el importe de los mismos (factura), y sin que necesites Abogado u otro profesional para hacerlo, aunque puede resultar conveniente.
Se debe tener en cuenta que transcurridos 6 meses desde que se formule la reclamación, legalmente se entiende desestimada, y solo queda el remedio de acudir a los Tribunales (jurisdicción contencioso-administrativa).
Nota: desconozco si ha habido al día de hoy Sentencias sobre esto, pero en lo que a mi respecta, en breve voy a reclamar parte del importe que me suponga el cambio de amortiguadores de mi coche.
Muchísimas gracias.Una explicación perfecta. Creo que mi compañía cubre reclamaciones, en caso negativo, ¿cuánto cobraría por ofrecerme el servicio de redactarme la reclamación? (En caso que este dispuesto). Axel A.G. email:[email protected]
Gracias de nuevo.

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