¿Estoy cubierto por mi seguro si no he pasado la itv obligatoria?

Si no he pasado la itv obligatoria y tengo un accidente, me gustaría saber si mi seguro a terceros me cubre en caso de ser yo el culpable.

¿Y en el caso de no ser el causante del accidente?

3 Respuestas

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Me temo que si no tienes pasada la itv y tienes un accidente, tu seguro no te va a cubrir ni los daños propios ni daños de los que resultes responsable, mi consejo es que procures circular lo menos posible si o mejor no circules nada ya que la itv es indispensable para poder circular con el vehiculo, todo ello ajustado a la normativa legal vigente.

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Además de lo indicado por el compañero, en cuanto a la cobertura del seguro, indicarte que si circula sin la ITV, además de la importante sanción económica (multa), pueden llegar a inmovilizar el vehículo. Por lo tanto, no debe circular con un vehículo sin ITV.

Hola, yo no había pasado la itv a los dos años porque el concesionario no me informó que el coche había estado su primer año como vehículo de alquiler sin conductor.

Ya la tengo pasada y en regla.

¿Les puedo exigir algún tipo de responsabilidad por haberme tenido varios meses sin la itv?

Gracias

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Es un tema bastante controvertido, pero existe jurisprudencia al respecto. Si usted circula sin la ITV en vigor y tiene un siniestro importante en el que es culpable, su compañía aseguradora responderá del siniestro de pleno derecho en los términos que el oportuno procedimiento así lo considere, sin embargo, su compañía de seguros tendrá lo que se denomina derecho de repetición. Esto quiere decir que, legalmente, su compañía podrá reclamarle los importes que haya satisfecho. Si el siniestro es de poca consideración, hasta hace poco, ni se molestaban en solicitarle la documentación, pero en estos momentos, las políticas están cambiando, por eso ahora los peritos suelen solicitarla y verificar los daños de ambos vehículos.

Si la responsabilidad del siniestro es del contrario, su compañía podría, igualmente, negarse a hacer frente a las consecuencias económicas del mismo. Tenga en cuenta que su compañía recibe de la contraria un pago concreto establecido en los convenios entre aseguradoras. De ese importe en adelante el gasto lo asume su compañía, por no mencionar los costes internos.

En definitiva, llevar la ITV en vigor no sólo le evitará una sanción administrativa en su caso, sino muchos otros quebraderos de cabeza que se pueden dar.

Hablamos también de este asunto aquí:

http://www.laguiadelseguro.es/2014/12/me-cubre-el-seguro-de-mi-coche-si-no-he.html 

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