Tengo derecho a que me devuelvan la señal de arras

He señalado una vivienda a través de una inmobiliaria. Ésta, en el contrato de arras no hace mención a sus honorarios y ni siquiera hemos firmado nada con ella, unicamente en el contrato de arras aparece su membrete.

En el contrato firmado aparece una clausula donde dice que el contrato tiene una vigencia de dos meses, lo cual falta 20 días para que finalice el plazo.

Y por otro lado aparece otra clausula donde dice lo siguiente: " la entrega de un anticipo del precio total estipulado puede configurarse con carácter de arras(señal) o simple anticipo. En el primer caso cualquiera de las partes pueden desistir unilateralmente, con la condición de perder la seña (comprador), o devolverla duplicada (vendedor), excepto causas ajena a su personas. En el segundo caso (anticipo) no tienen derecho a desistir unilateralmente.

En la clausula de entrega de los 3000 euros especifica como señal para la compraventa.

La cuestión:

Hemos solicitado la hipoteca y resulta que al mandarla a estudiar, y tras esperar un mes al banco, con la tasación hecha y todo, el banco a 20 días de finalizar el plazo nos contesta que no es viable la operación, por inestabilidad laboral

Y ahora no encontramos sin hipoteca y con que se nos acaba el plazo para la celebración de la compraventa. Y mi pregunta es la siguiente, con la negativa del banco tengo derecho a que me devuelvan la señal, o tengo que seguir pidiendo mas hipotecas hasta agotar los 20 días que restan.

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Pues el asunto esta en que no vinculasteis la posibilidad de no obtención de financiación a la devolución de las arras, con lo que realmente esta no procede, asi que lo normal seria que en estos 20 dias continuaras buscando financiacion, con el fin de no perder las arras entregadas.

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