Duda contrato de alquiler, gracias

Hola soy nuevo en esta página y me gustaría preguntar a un abogado un tema sobre un contrato de alquiler que el arrendador ha incumplido conmigo.
Yo tengo un contrato de alquiler en vigor hasta que finalize este año, pero el dueño del piso hace unos 4 mese me corto la luz del piso y el gas sin previo aviso, con la consecuencia de que yo tuv eq dar todo de alta nuevamente y perdí días de trabajo y dinero.
EL la corto por que dice que le debía un dinero de unas mensualidades que le pensaba pagar en cuanto ajustáramos cuentas de unos arreglos necesarios que hice en el piso y que había pagado yo.
¿Es justo lo que hizo? ¿A qué tengo derecho yo como consumidor?
Le pregunto esto por que estoy pensando en denunciarlo para cobrar yo todo el gasto que esto supuso y si tengo derecho a alguna indemnización.
Gracias por todo y un Saludo.
Todos los datos que me pueda dar me serian de gran ayuda.
Ante los datos que me pide por su contestación pues le comento.
Si tengo un contrato de alquiler legal o eso creo por que tengo un documento de contrato de alquiler de moneda y timbre que firmamos hace 4 años y medio y dos papeles de prorroga de contrato que me trajo el dueño del piso.
Los contratos de luz y gas estaban a nombre del dueño del piso, las facturas llegaban a mi casa a su nombre y yo se las pagaba por transferencia bancaria.
Y en cuanto a como lo di de alta yo pues llame a la compañía de luz y como el lo dio de baja pues no pusieron ningún problema en darme de alta a mi, lo unoco que tuve que cambiar el cuadro de luz por que el otro era muy antiguo y la revisión y pagos de todo lo que supone hacer un nuevo contrato.
En cuanto al gas lo mismo.
El corte de luz lo hicieron un día cualquirea ya que los contadores están fuera de la vivienda y no tienen por que avisar a nadie.
El gas no pudieron cortarlo ya que la llave principal esta en el patio interior en un segundo piso y no pueden acceder si no es a través de la vivienda, pero el dueño del piso ya había ordenano el corte según me dijeron en la compañía de gas .
Creo que eso es lo que me pedía usted y si me puede seguir orientando de lo que hacer me seria de gran ayuda.
Nuevamente muchas gracias por todo y un saludo.

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En primer te voy a contestar en base a la legislación de España, ya que desconozco desde que país estas residiendo.
Por tanto creeré que estas residiendo en territorio de España.
De momento ya es importante de que dispongas de un contrato, la cuestión es que se haga constar quien es el propietario y quien el inquilino, una descripción de la vivienda a alquilar, la vigencia del contrato, y la cantidad a pagar por el inquilino, así como todas aquellas clausulas que se consideren pactadas entre ambos.
Detallando tu situación, el arrendador no puede vulnerar principios de comodidad y de habitabilidad en la vivienda, es decir cortar los suministros eléctricos para poder intimidar aunque sea sin violencia el pago de sus mensualidades, (pero tu tampoco debería de cambiar cuadros o contadores de suministro eléctrico sin previo aviso a su arrendador, ya que se puede considerar obras, no obstante eso se soluciona reparándose la situación como estaba anteriormente).
El arrendador no puede dar de baja esos contadores, otra cosa es que el arrendador comunicase a la compañía eléctrica que a partir de una fecha, la factura de la luz de esa vivienda fuese a una domiciliación bancaria del inquilino, que es el proceso habitual.
Por tanto el arrendador grava un daño hacia ti privándote de un servicio para la habitabilidad que es dar de baja el contador de luz y la del gas.
Pero en menor gravedad tu también realizas un acto no propio y sin consentimiento de tu arrendador que es la colocación de un nuevo contado, pero que puede ser motivo para la finalización del contrato si así el arrendador lo puede demostrar, como así lo es el incumplimiento de pagos de alquiler.
El dilema es que uno y otro se han tomado su justicia por su propio pie, y el quiera una aclaración judicial deberá demostrar quien hizo daño a quien.
Es decir demostrar esos daños ocasionados (facturas, testimonios etc)
En un juicio si puedes demostrar todo lo respondido (el corte de suministro para quebrar la habitabilidad de la vivienda, podrás solicitar daños y perjuicios pero solo aquellos que puedan acreditarse mediante pagos de factura etc.) incluso podrías instar a la factura del nuevo contador de luz,
La anteposición del juicio se ha de realizar por la vía civil, en juicio verbal, y si puedes demostrar que hubo intimidación para que te cortará el suministro, el arrendador puede causar delito penal por la realización arbitraria del propio derecho (tomarse la justicia por su cuenta).
En tal caso no te quedará más remedio que contratar letrado.
Pero te recuerdo que hbeis incumplido las normativas ambos arrendador e inquilino).
Si necesitas una segunda opinión copia y pega tu escrito en el tablón de anuncios.
Intenta puntuar respuesta para poder continuar respondiendo a otras consultas.
Un abrazo y suerte

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