Por favor... Es muy urgente... Escritura publica

Contésteme... De esto depende que podamos tener una casa donde vivir,
porque no podemos comprarnos nada
LOS PADRES DE MI NOVIO TIENEN UNA CASA, (planta baja es un garaje, planta primera viven ellos, y en la segunda se entra por una escalera por fuera pero no vive nadie),
EL AYUNTAMIENTO NO NOS DEJA HACER UNA DIVISIÓN HORIZONTAL, propiedad del 1º piso de los padres y propiedad del 2º piso de su hijo (mi novio), COMO DOS VIVIENDAS DIFERENTES, el AYUNTAMIENTO, dice que es una sola vivienda y que no se puede partir en dos,
Es una norma del ayuntamiento y no lo permite en ningún sitio del pueblo (sant celoni)
Pero! Nos hemos dado cuenta que en las escrituras describe y dice exactamente... Que el habitage se compone de dos viviendas una de xx m2 y otra de xx m2 y en todo el texto de las escrituras de la casa se habla de 2 viviendas
Podemos conseguir que el ayuntamiento nos deje hacer unas obras en el 2º piso para que podamos vivir en el, ¿y lo considere propiedad horizontal y ponerlo a nombre de mi novio?
Ademas otra cosa, en las escrituras dice que en el segundo piso se edificaron 88 m2 y en realidad son unos 40 m2, son escrituras muy antiguas, pero las últimas que se hicieron
EL MOTIVO DE TANTO FOLLÓN, ES QUE mi novio tiene 2 hermanas y las obras las pagamos nosotros y en el caso de herencia nos podríamos quedar sin casa y sin el dinero que invertimos si no podemos hacer división horizontal.

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Ufff... Bueno, antes de darte mi opinión, debes de tener en cuenta que nosotros los profesionales contestamos mejor manejando la documentación de las cosas, y aquí tengo una duda con respecto a la "norma" por la que el Ayuntamiento prohíbe eso.
Realmente donde debería meterse éste es en las divisiones de casas en los pueblos, que hacen el límite del edificio con un medianil, y luego las casas se derumban.
Yo lo primero que haría sería asegurarme de que la casa es divisible técnicamente. Es decir,
1º.- Busca un ARQUITECTO (nada de Aparejadores o Peritos Industriales) y que te diga es es divisible o no. Y una vez que te lo asegure que te haga el Proyecto y lo Vise (el Visado no se hace en el Ayuntamiento sino en el Colegio de Arquitectos).
2º.- Unos dos días antes de empezar las obras te vas al Ayuntamiento y solicitas una licencia de "Obra Menor", así no te podrán parar las obras, mientras se tramita el permiso.
3º.- Si te la deniegan lo máximo que te pueden hacer es ponerte una multa. Si fallasen otro tipo de cosa más peregrina (que lo devolvieras a su estado originario, que no creo porque es una barbaridad), pues entonces esa denegación se recurre ante los Tribunales, que no les van a dar la razón seguro.

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