Denunciado por allanamiento / usurpación

Hola,


La cosa es así. Tengo una cada en propiedad que imagino me embargara el ayuntamiento por deber mas de 5 años de IBI.

La cosa es que en esa casa vive una persona que nunca tubo alquiler, es decir, es una ocupa y después de haber perdido mucho dinero intentando echarla decidí que lo mejor era perder la casa y que ya se encargaría el ayuntamiento de ella (hubo juicio contra esa persona pero por otra propiedad colindante que también esta usurpando que que perdí).

El problema viene ahora que se han metido unos rumanos en esa casa aprovechando que esta persona estaba fuera un fin de semana y quiere denunciar al ocupa por allanamiento y a mi también por que dice que yo lo he mandado cosa que no es cierta.

Me gustaría saber que problemas me puede acarrear esto por que encima que voy a perder la casa me van a denunciar ya seria el colmo


Gracias

1 respuesta

Respuesta

Una cosa es querer denunciar y otra denunciar. Si le denuncia todo dependerá de las pruebas que presente para demostrar lo que relate en la denuncia. Si le denuncia por mobbing inmobiliario En el Código Penal español no existe ningún delito o falta consistente literalmente en el «mobbing inmobiliario». Esta forma de referirse al fenómeno descrito es importada de los países anglosajones. En realidad, el denominado «mobbing inmobiliario» no es más que un delito o falta de coacciones, recogidos en los artículos 172 y 620.2 del Código Penal. Que el «mobbing inmobiliario» sea considerado un delito o una falta y merezca un castigo penal depende de su intensidad. Serán los Tribunales, tras el examen de los hechos probados, quienes decidan La pena prevista en el caso de que sea considerado delito es de prisión de seis meses a tres años o multa de doce a veinticuatro meses, dependiendo de la gravedad y de los medios empleados.
La pena, en caso de que sea considerado falta, es de multa de diez a veinte días

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