Contrato de compraventa

Este año llamo el Alcalde de mi pueblo a casa de mi madre preguntando si era nuestro un terreno que se encontraba detrás de la casa, pues el ayuntamiento no sabia quien era su propietario para el pago de la contribución pues en anteriores años la contribución se la había adjudicado a vecinos colindantes que la habían devuelto( hace tiempo, determinadas cuantías estaban exentas del impuesto, por lo que hasta la fecha no nos hemos dado cuenta de la anomalía).
Antecedentes
En los años 60 mi padre compro la tierra que estaba detrás de la casa con la idea de dar salida a la vivienda, mediante un contrato de compraventa registrado en el que se partía una tierra de labranza. El vecino de contiguo (familiar) pidió a mi padre que le vendiera la mitad para así poder el hacer también salida de su vivienda y mi padre accedió. Se sortearon los trozos, dando derecho de paso las dos partes y quedando de acuerdo en cercarla (cosa que no se ha hecho hasta la fecha ). Mi padre ha muerto siendo sus herederos mi madre y yo, y por la otra parte queda el heredero.
Cuestión
Mirando papeles para él tramite del impuesto de sucesiones, solo encontramos el contrato de compraventa en el que mi padre resulta titular de la totalidad no apareciendo el documento en el que aparezca como titular de la mitad. Todo parece indicar que la otra parte no dispone de ningún documento.
Preguntas
1- Quien seria el propietario real, sino aparecen los citados contratos de compraventa de la partición. ¿Qué tiempo puedo esperar?. ¿Qué se puede hacer?.
2- Como regularizo la contribución sino sé si soy titular de todo o la mitad.
3- En el registro figura la tierra con 350 metros menos y la geometría no tiene nada que ver con lo real ¿Qué hago?.
4- Este año han hecho el alcantarrillado y se han metido más de 5 metros en la parcela .¿Qué puedo hacer? ¿Puedo cercar en la propiedad ese elemento publico?.
6- La propiedad tenia una pared de piedra baja, abierta en los dos extremos por donde pasaba la gente del pueblo. ¿Puedo tener problemas al cerrar la propiedad, cuando ha tenido paso franco durante 45 años?
Un saludo
Alfonso

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Respuesta
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En primer lugar, te aconsejo que vayas al Ayuntamiento y te hagas con los planos de la zona, para ver que destino se le está dando. No estaría de más que tuvieras los datos catastrales de la finca.
Después de eso.. ¿Se trata de una finca inscrita en el registro de la propiedad? Si es así, ¿Tu padre aparece como el único propietario?
Si es así, en principio, el terreno es tuyo y de tu madre salvo que tus parientes prueben lo contrario. Por otro lado, para vallar la zona, necesitarías pedir una licencia al Ayuntamiento.. Te aconsejo, que con la escusa de abonar los impuestos de la finca, les plantees la posibilidad de cercar tu finca.
Respecto de las actuaciones del ayuntamiento, si han ocupado alguna parte del terreno, quizá podrías reclamarles la indemnización del valor de los terrenos ocupados, aunque de los planos seguro que sales de dudas. Es posible que los datos no coincidan.. para ello, lo mejor es que un informe de un arquitecto te saque de dudas.. posteriormente, podrías solicitar una modificación de los datos registrales..
Son demasiadas preguntas y espero haberte aclarado un poco las cosas, pero si tienes más dudas, por favor, no dudes en contactar conmigo.
Mucha suerte.
Por favor no te olvides de valorar la respuesta.
Te comento un truquillo para inscribir la finca:
Dices que la finca era de tu padre, ¿tienes un testamento?
Si no es así, deberías hacer una escritura de división y adjudicación de la herencia de tu padre.
Una vez que tengas esa escritura, consigues una segunda;¿Cómo? Realizas una aportación de la finca a la sociedad de gananciales (estás casado, ¿verdad?).
Con ello ya tendrías las dos escrituras que te hacen falta para inmatricular la finca, es decir, para que se inscriba en el registro.
Con eso ya puedes irte al Ayuntamiento, hacer que se modifique el catastro indicando tu titularidad, vender la finca, o lo que quieras.
Para el vallado, en principio necesitas una licencia, y lo mejor es que la consigas antes de levantarla, que luego el Ayuntamiento puede buscarte las cosquillas. De todas formas, en la solicitud de licencia indica expresamente que es para evitar que la antigua valla pueda caerse, que no se trata de elevar por primera vez la valla, sino de recuperarla, que te indiquen que exigencias requeriría, si puedes levantarla con hormigón, hasta que altura puedes elevarla...
Aclaraciones
1- Al ponerse en contacto con nosotros el Alcaide nos dio un papel con la referencia catastral para ( de la finca sin propietarios) arreglarlo en Segovia pues el I.B.I no lo gestionan los ayuntamientos.
2- La finca hasta la fecha no esta inscrita en el catastro aunque esta semana e ido al Registro de la Propiedad para ver si existe alguna escritura de la partición o que me den toda la información que puedan sobre los dueños iniciales ( me extraña mucho que haya una escritura de partición, pues mi padre era muy cuidadoso con los papeles de cierta relevancia y son los únicos que faltan) .
3- La tierra era una tierra de labranza que actualmente esta calificada como urbana y que disponía de una valla de piedra de origen de unos 50 centímetros con montones de piedra para elevarla hasta los 4 metros. Mi idea es eliminar la piedra y colocar bloques de hormigón con alambrada hasta los 2 metros. ¿Necesitaría una licencia para el cerramiento cuando ya esta cerrada.? . Trabajar con piedra es difícil pero es más aun cuando te han quitado todas las piedras grandes o cortadas.
4- Cuando fui al catastro vi la geometría de la finca y la forma se parece algo pero le faltan los citados metros.
Te agradecería cualquier sugerencia sobre los temas citados.
Un saludo
alfonsodel
Aclaraciones
Dices que la finca era de tu padre, ¿tienes un testamento?
Si no es así, deberías hacer una escritura de división y adjudicación de la herencia de tu padre.
Una vez que tengas esa escritura, consigues una segunda;¿Cómo? Realizas una aportación de la finca a la sociedad de gananciales (estás casado, ¿verdad?).
Con ello ya tendrías las dos escrituras que te hacen falta para inmatricular la finca, es decir, para que se inscriba en el registro.
Flecos:
1- Mi padre hizo testamento dejando el usufructo a mi madre. La escritura de partición ya esta hecha y presentada sin incluir dicho terreno, por los problemas de titularidad además de que el problema se presento cuando ya estaban los papeles en la gestoría ( como pongo en una escritura de partición un activo que a la fecha de realización no sé el porcentaje de titularidad) ( en el contrato de compraventa figura mi madre como cónyuge ). ¿Cómo se puede arreglar?.
2- Estoy casado en sociedad de gananciales y con una hija pequeña . (realizas una aportación de la finca a la sociedad de gananciales ) . ¿Me puedes explicar este punto?. ¿Cómo se hace?.
Gracias anticipadas.
Un saludo:
alfonsodel
En primer lugar, lo primero es preguntarle al notario y decirle que quieres hacer una rectificación del acta de partición. Y que te diga lo que te hace falta.
El segundo punto, una aportación a la sociedad de gananciales está exenta de impuestos.. no te digo lo que te ahorras con ello.
Eso también lo arreglas en la notaría, simplemente le tienes que pedir al notario que prepare una aportación de gananciales. Con estas escrituras vas al registro e inscribes la finca

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