Es posible comprar una propiedad con carcas y que se liberen a posteriori sin problema para la parte

Haré un corto y pego para que me entiendan mejor, y mi pregunta es ESTOY COMPRANDO LA HIPOTECA QUE TIENE EL BANCO QUE ME VENDE PENDIENTE

Cargas y gravámenes.- A salvo afecciones fiscales y servidumbres, se halla gravada con:------------------------
HIPOTECA a favor de BANCO SANTANDER CENTRAL HISPANO SA, para responder de 108.000 euros de principal, durante 12 meses al 3,55% anual hasta un tipo máximo del 9,55% anual por un total de 10.314 euros de intereses ordinarios, por un total de 32.400 euros de intereses de demora, 21.600 euros de costas y gastos, con un plazo de amortización de 480 meses, con fecha de vencimiento del 22 de Febrero de 2.046, TASADA PARA SUBASTA en la cantidad de 136.900 euros. Formalizada en escritura otorgada en GRANADILLA DE ABONA, el día 22/02/06, autorizada por el notario DON JOSÉ MANUEL GONZALEZ SÁEZ, número 465 de protocolo.
Inscripción 7a, del tomo 1.604, libro 329, folio 19 con fecha 20/03/2006. Expedida con fecha de hoy la certificación a que se refiere el artículo 688 de la ley de Enjuiciamiento Civil para los Autos núm 285/2007, referente a la hipoteca que motivó la inscripción adjunta, según mandamiento del Juzgado de Primeera Instancia No Tres de Granadilla, de fecha 25 de
4los corrientes, presentado a las 10 horas del día 29 de los corrientes, asiento 1062 del Diario 106. Granadilla, a 30 de junio de 2007
Manifiesta la parte vendedora que es de su cuenta y cargo la cancelación registral de la expresada hipoteca, lo que se verificará por la propia vendedora y a su costa mediante el otorgamiento e inscripción en el Registro de la Propiedad de la correspondiente escritura, una vez se libre el pertinente mandamiento de cancelación de la nota marginal de expedición de la certificación de cargas por el Juzgado en los reseñados autos núm. 285/07 seguidos en el Juzgado de Primera Instancia Número Tres de Granadilla.---

Respuesta
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Si la vivienda tiene una carga y usted se subroga en la hipoteca, pues tendrá que hacerse cargo del pago de la misma... si usted compra libre de cargas, tendrán que levantarse la anotación registral (pago de la hipoteca por el vendedor y anotación en el registro de la cancelación)

Le recomendamos se ponga en manos de un abogado, que le estudie la operación y le ayude con el tema de las escrituras, para evitar problemas futuros...

Si le vende el banco, entendemos que usted hace una nueva hipoteca y esta es cancelada previamente o usted se subroga en esta misma en las condiciones que hay... pero cuidado con las posibles cargas anotadas o embargos pendientes de cancelar, etc...

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