Dación en pago
Hola, les agradecería orientación sobre el siguiente tema. Intentaré resumir. Se trata de un tema de hipoteca.
¿A partir de qué cantidad le “sale a cuenta” al banco una ejecución hipotecaria para acabar llegando a la subasta? ¿Cuánto le cuesta aproximadamente a una entidad llevar a juicio a una persona por no pagar la hipoteca?
Me pareció entender una vez que el precio obtenido en la subasta será como mínimo el 60% del valor del tipo de salida establecido para la subasta (dato que figura en la escritura de compraventa).
Por ejemplo, si te quedan 110.000€ de deuda con el banco y tienes un tipo de salida de 170.000€ el 60% de 110.000 son 102.000€. Teóricamente le deberías al banco 8.000€ pero creo que hay que añadir las costas del proceso y los intereses que me comentaron una vez que giran en torno al 30% de la deuda, en este caso unos 33.000€ que habrían que añadir a los 8.000€ quedando un total de 41.000€ que sería el total de la deuda pendiente. ¿Son correctos estos números? ¿Por esta cantidad al banco le “sale a cuenta” llevar a una persona a juicio?
¿A partir de qué cantidad de deuda se puede plantear con ciertas garantías la dación en pago a una entidad bancaria?
Gracias por su atención.
¿A partir de qué cantidad le “sale a cuenta” al banco una ejecución hipotecaria para acabar llegando a la subasta? ¿Cuánto le cuesta aproximadamente a una entidad llevar a juicio a una persona por no pagar la hipoteca?
Me pareció entender una vez que el precio obtenido en la subasta será como mínimo el 60% del valor del tipo de salida establecido para la subasta (dato que figura en la escritura de compraventa).
Por ejemplo, si te quedan 110.000€ de deuda con el banco y tienes un tipo de salida de 170.000€ el 60% de 110.000 son 102.000€. Teóricamente le deberías al banco 8.000€ pero creo que hay que añadir las costas del proceso y los intereses que me comentaron una vez que giran en torno al 30% de la deuda, en este caso unos 33.000€ que habrían que añadir a los 8.000€ quedando un total de 41.000€ que sería el total de la deuda pendiente. ¿Son correctos estos números? ¿Por esta cantidad al banco le “sale a cuenta” llevar a una persona a juicio?
¿A partir de qué cantidad de deuda se puede plantear con ciertas garantías la dación en pago a una entidad bancaria?
Gracias por su atención.
3 respuestas
Respuesta de dixen_eu
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Respuesta de Abogados Edo
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Respuesta de elena__
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