Si usted está casado en régimen de gananciales, la propiedad del piso continúa siendo sólo suya ya que constituye un bien privativo (los que no se liquidan cuando termina el matrimonio).
Su mujer sólo podría argumentar que al haber contribuido a la compra del piso, quiere que se le devuelva el importe de lo aportado en caso que se extinga el matrimonio. Pero esa es una cuestión que debería demostrar ante un juzgado, valorando cuando aportó cada parte en base a sus ingresos, etc.
Si usted fallece, el piso pasaría a manos de quien usted establezca en el testamento (sin testamento y sin hijos, puede pasar a sus padres o a su mujer, según dónde viva) y su esposa tendrá derecho al usufructo de al menos 1/3 de la herencia en caso de que haya hijos o de la mitad si no los hay. El usufructo dura toda la vida y da derecho al "uso y disfrute", es decir, tendría derecho a usar (o alquilar) una parte de la vivienda, por ejemplo, aunque se puede cambiar el derecho de usufructo por la entrega de algunos bienes o de dinero.
Espero haber resuelto sus dudas. Si no es así, pregúnteme