Propuesta resolución de sanción

He recibido una propuesta de resolución de sanción en materia de comercio de andalucia, mediante la cual no se hace referencia en los antecedentes de hecho al escrito de alegaciones presentados al inicio de procedimiento sancionador. Me dicen que no tienen en el expediente ese escrito porque aun no les ha llegado.

¿Puede ser nulo o anulable y en base a que artículos? Que poner en el recurso

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Efectivamente la administración no puede (no debe) pasar a redactar una propuesta de resolución si no ha esperado a que finalice el plazo legal para recibir las alegaciones del administrado.

En este caso se vulneraría claramente el ordenamiento jurídico provocando indefensión, y sería causa de nulidad o anulabilidad previstos en los art. 62 y 63 de La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Respecto de si es nulo o si es anulable "quien pide los más, pide lo menos", así que solicita la nulidad y subsidiariamente al anulabilidad del acto.

www.escobarysanchez.es

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