Policía y socio de una empresa de seguridad privada

¿Puede un funcionario de policía ser socio de una empresa de seguridad privada? Si es posible ¿qué porcentaje de participaciones puede tener? Se trataría de una empresa sociedad limitada.

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Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.

Artículo 12.

1. En todo caso, el personal comprendido en el ámbito de aplicación de esta Ley no podrá ejercer las actividades siguientes:

El desempeño de actividades privadas, incluidas las de carácter profesional, sea por cuenta propia o bajo la dependencia o al servicio de entidades o particulares, en los asuntos en que este interviniendo, haya intervenido en los dos últimos años o tenga que intervenir por
Razón del puesto público.

No puedes compatibilizar los dos puestos, policía y socio. Podría darse el caso de ocupar un puesto de privilegio dentro de la administración hacia tu empresa. Como tampoco podrías ser el jefe de seguridad de la misma siendo policía.

Para ser el responsable de la empresa como jefe de seguridad, en los dos años anteriores tendrías que estar desvinculado del sector público.

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