Denuncia por agresión

Buenos días,


Hace exactamente 5 años sufrí una agresión en una
discoteca. Fue durante unas vacaciones, en las que estuve 4 días en
Galicia. Como consecuencia de la agresión acabé en el hospital el cual
puso la correspondiente denuncia. La policía me interrogó pero no les pude aportar mucho porque no conocía a las personas.
Al
cabo de unos meses recibí una carta en la que me convocaron para
declarar pero no me pude presentar, porque en aquel tiempo llevaba pocos
meses trabajando en Madrid y por miedo a perder mi trabajo no me
presente a la citación.
Desde entonces, me han quedado secuelas de
aquella agresión y todos los años se me pasan por la mente volver a
abrir la denuncia pero no se si es posible y que posibilidades hay que
llegue al buen puerto.
Entiendo que la discoteca tiene cámaras de seguridad, pero por lo que he leído creo que no tienen la obligación de guardar las imágenes más de 10 días. Yo en aquel entonces no fui consciente de que hubiera imágenes
de seguridad pero ahora me lo empiezo a plantear. Quizás la policía lo
supiera pero tampoco me informó ni lo puso en mi conocimiento.
Se me plantea también la duda si la denuncia por agresión también haya podido prescribir.
¿Cree usted que sería viable continuar con el proceso que quedó pendiente? ¿Hay alguna manera posible de recuperar dichas imágenes, que son a mi manera de ver la única manera de poder reconocer a dichos agresores?


Muchas gracias y un saludo.

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Si hace 5 años, ya estará archivado. Si no pudo en su día acudir a la declaración en su caso para intentar identificar a los autores, se habrá sobreseído el asunto por esa causa. Pretender ahora reiniciar esa investigación puede ser difícil. Debería comparecer en el Juzgado, en las actuaciones y pedir diligencias de investigación - que recabe el Juzgado las eventuales grabaciones- (eso si no ha prescrito ya el delito).

Si considera resuelta su consulta ruego FINALIZAR, gracias.

www.lopezcollado.es

Jaime López Collado Abogado Barcelona. Avda Diagonal 469 [email protected]

Hola,

Ante todo gracias por su pronta respuesta.

A los 7 meses de la agresión recibí la siguiente carta certificada del Juzgado que decía lo siguiente:

Hechos: El presente procedimiento se incoó por los hechos que resultan de las anteriores actuaciones, habiéndose practicado las diligencia de investigación que constan en autos.

Razonamientos Jurídicos: De lo actuado no aparece debidamente justificada la perpetración del delito que ha dado motivo a la formación de la causa, por lo que de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 641-1º y 779.1º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, procede decretar el sobreseimiento provisional de la actuaciones.

Parte Positiva: Se acuerda el sobreseimiento provisional y el archivo de la presente causa.

Póngase esta resolución en conocimiento del Ministerio Fiscal y demás partes personadas, previniéndoles que contra la misma podrán interponer, antes este juzgado, recurso de forma y/o apelación, en el plazo de tres días.

De esto tengo que entender que disponía de tres días para apelar, ¿cierto?

¿Como puedo saber si el delito ha prescrito?, ¿entonces lo tengo que dar todo por perdido?

Muchas gracias y un saludo.

Tenia 3 días para apelar, o bien 5 años desde que ocurrió el incidente aquel para pedir al Juzgado que reabriera la causa.

Si las lesiones fueron constitutivas de delito, tenía esos cinco años. Si han transcurrido ya, el supuesto delito habría prescrito, y el Juzgado ya no abriría la causa de nuevo

Si considera resuelta su consulta ruego FINALIZAR, gracias.
www.lopezcollado.es
Jaime López Collado Abogado Barcelona. Avda Diagonal 469 [email protected] Tenga en cuenta que la asesoría en esta web es meramente orientativa. No se han examinado antecedentes o documentos que pudieran hacer no idónea la respuesta. No debe sujetar sus actos a los criterios o plazos que se hayan expuesto si no recibe una atención personalizada del asunto.

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