Como consejo no se guíe ciegamente de lo que se diga y consulte a los profesionales, pues en muchos casos se tiene una idea errónea.
Dicho esto, los honorarios de los abogados no tienen por qué ser elevados. Hay abogados que cobran a tanto alzado, otros a tanto por ciento. La fijación de honorarios es libre.
Prueba de que a veces se tiene una idea errónea de los conceptos es que a usted le han informado mal. No es necesario abogado ni procurador cuando la cantidad reclamada es menor a 2.000 euros, no 3.000. Bien es cierto que si se reclaman menos de 2.000 euros no es necesario abogado y procurador, pero no menos cierto es que si se reclama sin abogado ni procurador, es el interesado quien tiene que redactar y enviar la reclamación extrajudicial, quien tiene que jugar con los plazos, redactar demanda, interponerla, defenderse a sí mismo en un juicio sin poder formular preguntas a la otra parte, recurrir la sentencia en el plazo y ante la AP correspondiente (si se pierde) o iniciar la fase de ejecución con averiguación patrimonial de bienes y posterior embargo (si se gana). Por tanto, es para plantearse buscarse o no un abogado, y más cuando existe lo que se llama "condena en costas", gracias a las cuales, si se gana el juicio, los gastos que usted haya destinado a abogado, procurador y tasas deberán ser resarcidos por la parte contraria, de modo que el coste del procedimiento sería cero.