Que puedo reclamar en un divorcio ?

Llevamos 8 años casados con una hija de 5 años. Vivíamos en un piso comprado por mi y a mi nombre antes de casarme ( Tengo toda la documentación guardada ). Hace 3 años decidimos vender el piso y cambiar el domicilio . Al comprar el piso nuevo, se escrituro a nombre de los dos. Ahora estoy en desempleo y ella quiere separarse.
- Puedo reclamar algo de la inversión en el nuevo piso, ¿siendo principalmente de mi piso antes de casarme?
- ¿Tengo derecho a mi piso estando en desempleo?
- Si se queda ella con el piso, ¿qué es lo que me pertenece a mi del valor piso?
- ¿Cuándo mi hija tenga los 18 años (mayor de edad) tengo derecho a reclamar la mitad del valor del piso?

2 Respuestas

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En contestación a su pregunta entendemos que si el piso nuevo adquirido es ganancial, Vd. si realiza liquidación de la sociedad de gananciales con ocasión de la separación tendrá derecho al 50% de ese piso. Si uno de los dos se queda en el piso, puede exigir al otro la compensación económica correspondiente al 50% del valor total del piso. De una u otra manera el matrimonio está condenado a entenderse, ya que de otra manera los gastos pueden multiplicarse exponencialmente.

En espera de haber dado contestación a su pregunta reciba un saludo.

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Al escriturar el piso a nombre de los dos, vais a medias. Da igual de donde provenga el dinero. Debiste en su día poner el nuevo piso con una cuota mayoritaria.

Probablemente la custodia se la den a ella, junto con el piso, e igualmente tendrás que pasarle una pensión por la niña.

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