Custodia de documentación
Estimado experto,
Si una persona vende las participaciones de la sociedad en la que estaba como
administrador y ya deja de ser administrador, tengo entendido que responde de
todos los actos hasta el momento en que deja de ser administrador, entonces la
pregunta es la siguiente:
-¿Debe de quedarse, o tiene derecho, el que deja de ser administrador con copias de
todo o algunos originales que no afecten o que no necesite el nuevo administrador, en pro de poder justificar o defenderse de posibles actos que le podrían venir de cuando era él propietario y administrador de la sociedad?, o si alguna vez le requieren tiene que ponerse a buscar quién es el nuevo administrador y rogarle que le facilite la información o documentación que necesite, con la posibilidad de que no se la faciliten?
En espera de su respuesta, aprovecho para enviarle un cordial saludo.