Denunciada por la comunidad de vecinos

Me ha denunciado la comunidad de vecino de mi casa por impago de la cuota. Debo 2000 euros, no tengo trabajo ni ingreso de ningún tipo, de momento. ¿Qué me puede pasar?
Tengo el juicio oral el martes que viene, la denuncia indica que la parte denunciante va a acudir a juicio con abogado, ¿es necesario que yo vaya también con abogado o no me vale la pena?

Ademas me reclaman la deuda total a mi cuando la casa esta al 50% con mi pareja pero no estoy casada. ¿Debo decirlo?

6 Respuestas

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¿Qué tipo de juicio es? Porque me parece extraño, ya que normalmente las comunidades acuden al monitorio.

Buenas noches, pone "juicio verbal por reclamación de cantidad" por el Juzgado de primera instancia nº 4.

Un saludo

No necesitas en principio ni abogado ni procurador si no excede de 2000 euros. Si debes 2100, sí.

No obstante si la otra parte acude con uno sería interesante que solicitaras uno de oficio, Puedes acudir a solicitar la justicia gratuita con la demanda en mano y con suerte paralizarán el procedimiento hasta que se te otorgue un abogado.

Yo es lo que haría.

Que no se la reclamen a tu pareja es irrelevante, respondéis solidariamente por lo que tú posteriormente podrías reclamarle a él.

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Le explico el procedimiento y lo que puede ocurrir.

En el procedimiento que se ha iniciado por la parte demandante (comunidad de vecinos) se reclama la cantidad que usted debe, alrededor de 2.000€. En el juicio oral se reclamará la cantidad, y si es cierto, se le condenará al pago de lo requerido.

Una vez dictada la sentencia, si usted no paga, la comunidad de vecinos iniciará el procedimiento de ejecución, en el que se intentará conseguir de nuevo el pago de la deuda. Si usted no paga, comenzaran con los embargos. En primer lugar se embargan salarios o pensiones (dentro de los límites legales), posteriormente dinero en cuentas bancarias, bienes muebles o inmuebles. Así hasta conseguir saldar la deuda.

Entrando en las dudas:

Usted puede ir con abogado o sin abogado. Es recomendable llevar abogado, que en su caso sería de oficio.

Pero, si la deuda es cierta y usted no tiene ningún tipo de defensa, puede acudir, pero no va a conseguir nada, ya que la parte demandante ganará el juicio sin mucho esfuerzo.

Respecto a la reclamación contra usted. La parte demandante puede reclamar a cualquiera de los propietarios, y entre ustedes ya solucionarán las deudas que hayan pagado. Es decir, le demandan a usted, y cuando usted pague se lo puede reclamar al copropietario de la vivienda.

Además de lo explicado, yo le recomiendo que negocie, si existe la posibilidad de realizar el pago a plazos, siempre será mejor que acudir al embargo (para las dos partes).

Muchísimas gracias por su respuesta. Me presentare sola entonces para no hacer perder el tiempo a nadie ya que efectivamente no tengo ningún tipo de defensa salvo que no tengo ningún tipo de recurso para pagar.

Gracias de nuevo y un saludo

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En mi opinión siempre es necesario acudir a un juicio debidamente asesorado, y parece que Ud. puede pedir el beneficio de la Justicia Gratuita (un abogado del turno de oficio, que puede solicitar en el Colegio de Abogados de su Provincia).

Ello particularmente por las consecuencias de un impago de cuotas a la comunidad. Según la Ley de Propiedad Horizontal, de dichas deudas responde el propietario del piso con todos sus bienes, piso incluido. Dicho de otra forma, si la sentencia le condena al pago de la deuda y aún así no paga, la Comunidad procederá a embargar sus bienes, particularmente su piso por tener la certeza de que es suyo, antes de tener que averiguar si tiene Ud. cuentas, coches, nómina... que embargar.

En cuanto al 50% de copropiedad con su pareja, en el juicio podría alegar la falta de litispendencia, es decir, que falta una persona por ser demandada (el otro copropietario). Pero sepa que con esa información la Comunidad podrá solicitar también el embargo de los bienes del copropietario.

En definitiva, y salvo que tenga pensado pagar en breve plazo, le recomiendo que solicite un abogado, pues como mínimo le permitirá ganar tiempo o negociar con la Comunidad debidamente asesorado.

Un saludo.

Si la respuesta le satisface, ruego la cierre y valore lo antes posible.

Más derecho en mi blog "ActuaLegal": http://adrianmayor.com

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La intervención de abogado en este procedimiento con abogado no es necesario. Por lo que si no quiere, no lo lleve, pero también pudo habar solicitado abogado de oficio.

Lo que pueden hacer es embargarle la vivienda para el cobro de las cuotas de comunidad.

El que su pareja tenga el 50 % de la propiedad es irrelevante a los efectos de este procedimiento, en tanto la responsabilidad de pago es solidaria, sin perjuicio de que usted le pueda reclamar a él la parte que le corresponda.

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Lo único que le puede pasar es que procedan a averiguar los bienes que usted tenga como puede ser cuentas corrientes, vehículos, salarios etc... para embargarlos.

Si usted, como dice, no tiene nada, nada le podrán embargar.

En cuanto a lo de ir con abogado, no le merece la pena ya que poco puede hacer. No obstante, si no tiene recursos puede solicitar el beneficio de la justicia gratuita, y así le asignarán un abogado que le pueda examinar el asunto.

Reciba un saludo.
http://alicante-indemnizacion-accidente.artaban.es

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Si tienen juicio, probablemente es porque usted se ha opuesto a la demanda monitoria. Al tratase de una reclamación de más de 2000 euros debe acudir asistida de abogado. Efectivamente debe alegar que la vivienda es al 50% de otra persona para que la reclamación se haga a ambos.

En cualquier caso y si es cierto que debe la cantidad le recomiendo llegar a un acuerdo con la comunidd para evitar más gastos

muchas gracias por su respuesta, pero no, no ha habido otra demanda anterior y lo del abogado la verdad que no entiendo nada porque en la propia demanda dice que no es obligatorio.

un saludo

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