¿Es posible condenar por una simulación de delito sin pruebas?

El mes pasado sufrí un atraco del dinero expedido por un cajero e interpuse denuncia por en la policía.

Al cabo de dos semanas me llamaron a dependencias policiales y acudí, me enseñaron unas grabaciones de una cámara de videovigilancia en la que se me veía pasar caminando después de la extracción del cajero, me dirigía a un comercio.

Al cabo de 5 minutos se me ve volver otra vez desde esa misma cámara. La policía me dijo que saben que eso no es así porque no pudo haber tiempo a que hubiese sucedido lo denunciado y que iban a instruir atestado al efecto con las diligencias. Que si quería podía ampliar el atestado y cambiar la versión de los hechos para así tener atenuantes.

No cambié la versión porque los hechos sucedieron tal y como fueron denunciados, pero en dependencias me presionaron de tal modo con las grabaciones y los tiempos que casi me hicieron dudar.

La pregunta es, puede el juez considerar como el indicio y condenar por el lapso de tiempo transcurrido desde que se me ve en las grabaciones hasta que se me vuelve regresar al cabo de 5 minutos? Teniendo en cuenta que en ese lapso entro al comercio y salgo. Pero es que el mencionado comercio se encuentra a 50 metros del lugar donde la cámara de videovigilancia me graba. Así que no es tampoco que este al borde de transgredir las reglas de la física recorriendo esa distancia en un lapso de 5 minutos.

Mi duda es de si ese argumento de la policía puede considerarse una prueba indiciaria por el juez o puedo estar tranquilo.

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La policía puede tener sospechas, pero nunca tendrá la seguridad a menos que usted así lo manifieste. No puede ser condenado, nunca, por meros indicios.

La policía en su creencia de que usted ha simulado un delito, puede instruir un atestado y enviarlo al juzgado. Entonces es cuando el juez determina, a la vista de lo actuado por la policía, si efectivamente hay o no indicios de delitos suficientes para la incoación de diligencias previas. Y aún incoándose por el juzgado diligencias previas por el supuesto delito simulado, no tienen más que su declaración.

Si usted ha recorrido esa distancia en 5 minutos, además de entrar y salir de una tienda, es que es perfectamente posible, por tanto una vez usted ratifique el contenido de su declaración ante el juzgado, no cabe otra resolución que el archivo de las actuaciones.

Puede estar perfectamente tranquilo.

La actuación de la policía se debe a la proliferación últimamente de las denuncias de falsas sustracciones con el fin de cobrar del seguro del hogar. El seguro del hogar cubre los robos (con violencia y/o intimidación) pero no los hurtos (sustracción al descuido), con lo cual o bien se exageran los hechos, intentando denunciar un hurto como si fuera un robo, o bien directamente se denuncia en falso.

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