¿La entrega voluntaria de llaves me beneficia de algún modo o me puede perjudicar?
El banco se adjudico mi vivienda por el 60 por cien de su valor
de subasta, y tras unos meses me han llamado hoy de la central del banco para
preguntarme si vivía en la vivienda todavía o no, les dije que no (cosa
que ya sabían en el juzgado), me han preguntado si había entregado las llaves en el juzgado y les he dicho que no, y me han solicitado que les entregara
voluntariamente las llaves del inmueble. Que quedaríamos un día que me viniera bien para hacerles la entrega y que les firmara un papel en el que ponía que les hacia entrega voluntaria del inmueble ya que el juzgado todavía no ha dictado fecha de posesión, pero tampoco nadie me ha dicho aun si me he quedado con deuda o no en el banco ¿Entregárselas me beneficia de algún modo o me puede perjudicar? ¿Qué diferencia hay entre entregarlas voluntariamente o que el juzgado dicte la posesión forzosa del inmueble?