Preferencia de embargo de nomina de la seguridad social
Supongamos que un banco me embarga la nomina por una cantidad elevada, teniendo embargada la nomina por el banco entra otro embargo, pero este segundo es de la seguridad social, ¿tendría preferencia el segundo por tratarse de la seguridad social sobre el primero para cobrar antes o seguiría la preferencia de cobro el orden de entrada de los embargos?
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