Hola crismas, soy jumu de nuevo, olvidé hacerte otra consulta: si una vez cobrando la prestación tuviera que pararla por salirme trabajo, ¿podría seguir cobrándola una vez terminara ese nuevo trabajo? Gracias de nuevo
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Respuesta de crismas
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crismas, diplomada en relaciones laborales asesora laboral en despacho...
Si, tienes 2 opciones: Cuando vuelvas a pedirla, si todavía no has agotado los 2 años que te tocan, puedes pedir una reanudación de la prestación. Si, en el trabajo que hacen entre medias, ves que las bases de cotización son más altas, te interesa pedirla pero que te apliquen el calculo sobre las nuevas bases que has generado.
Gracias por tu ayuda. Respecto a lo q. me preguntas al final, te diré q. realmente llevo en la empresa unos 9 años, empecçé con media jornada, y al final me hicieron indefinida, después no sé como lo harían pero me hicieron este último contrato para pedir una subv. Con unos requisitos especiales, entre ellos estaban obligados a mantenerme este contrato durante 4 años, a mi me ha venido bien ahora para cobrar la prestación y como me has comentado me quedará bastante. Esto es así, hay que trabajar. Gracias de veras.
Me surgen otras dudas: ¿Pero siempre podría recurrir a la reanudación de la prestación o tiene un periodo donde prescribe, es decir que el nuevo contrato sea para largo tiempo, y ¿si las bases de este nuevo contrato son inferiores? ¿Perdería la 1ª prestación y me calcularían la nueva sobre estas otras bases? No sé si me he explicado bien. Gracias
A la primera pregunta de si prescribe, pues sí. Hay 6 meses, es decir si estas cobrando el paro, trabajas como máximo 6 meses y vuelves a quedar en paro, te reanudan la prestación sobre lo que te habían calculado en un principio o, si tu lo eliges sobre las nuevas bases de cotización que has devengaso (lo que más te convenga) Si las bases de tu nuevo contrato son inferiores, pues al reanudarla pide que sea con lo que venias cobrando en un principio cuando pediste el paro. Pero ten claro que una vez hayas pedido el paro, te pongas a trabajar y vuelvas a pedir el paro, no puede haber más de 6 meses entre estos dos periodos. Ello es debido a que si trabajaras por ejemplo durante 1 año, ya tienes un tiempo para cobrar paro (2 meses), entonces no te reanudarían nada, sino que tendrías esos 2 meses más lo que te quedó por disfrutar de paro pero con las bases de cotización que hubieras devengado. Pero, tengo una duda, ¿cómo puede ser que lleves 5 años en una empresa y se te termine el contrato? Tendrías que ser indefinido por ley! Bueno, si sigues teniendo dudas pregunta.