Subida salariales

Hola Crismas:
¿Me gustaría saber si una persona que no tiene revisión de convenio ni subida de salario se le debe incrementar el sueldo por ley el ipc?, si es afirmativo me puedes informar que ley lo regula, y sino no es así, ¿en la nómina se le debe de recalcular el irpf según las tablas de este año?.
Otra cosita un contrato de practicas de 6 meses prorrogado otro 6 tiene derecho a paro y si al pasar a ser un contrato por tiempo completo indefinido normal, ¿se le computa estos meses de alta con el contrato en prácticas?, espero tus comentarios.
Muchas gracias por tus respuestas.
Saludos.
Conchi.

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Efectivamente, si no tiene reviion de convenio ni subida de salario no es obligatorio incrementarle el sueldo al ipc del año, ya que este índice es indicativo para cuando los convenios hacen las revisiones salariales guiarse en éste.
Y el irpf sí debes regularizarlo según las tablas. En estos casos, lo más normal es que la propia empresa aumente el salario respecto al ipc, porque si no se regula en ningún convenio ni nada, el trabajador pasará la vida cobrando lo mismo.
Respecto a lo del contrato sí tiene derecho a paro, ya que la empresa cotiza por él (aunque luego le bonifiquen en algunos casos) y si pasa a indefinido, cuando cause situación legal de desempleo sí que se le computarán los meses de alta que haya estado en practicas.

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